D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250113-31)
Convenio –  Convenio específico de 18 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Aladina, para el acondicionamiento y decoración de una nueva sala de padres de la UCI de Pediatría del edificio materno-infantil del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 10

Por último, el presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio
Madrileño de Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que
para los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, como el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Que con fecha 11 de octubre de 2018 se suscribió el Convenio Marco entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la
Fundación Aladina (en adelante “la Fundación”), para la implantación del programa “Apoyo emocional” que permita el desarrollo de diversas actividades, orientadas a proporcionar
apoyo emocional a los pacientes oncológicos infantiles y adolescentes que reciben asistencia en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud, con el fin de mejorar la calidad de
vida de los niños, adolescentes con cáncer y de sus familias y cuidadores, que mejore en definitiva la humanización de la asistencia sanitaria.
Que conforme a lo dispuesto en la cláusula novena del convenio y a fin de continuar las
actividades reflejadas en el mismo, el 12 de mayo de 2022, las partes firmaron su prórroga
hasta el 10 de octubre de 2024, y el 5 de agosto de 2024 las partes firmaron nueva prórroga
para el período comprendido entre el 11 de octubre de 2024 y el 10 de octubre de 2026, ambas fechas inclusive.
Tercero
Que la cláusula primera de dicho Convenio Marco prorrogado, determina que, en su
desarrollo, podrán suscribirse los convenios específicos que delimiten las actuaciones concretas y los compromisos que acuerden las partes, dentro de las líneas de colaboración que
establece el propio Convenio Marco y entre las que se encuentra la mejora de espacios mediante la realización de obras o cualquier otra actuación que se traduzca en una mayor comodidad del paciente y de sus familiares.
Cuarto
Que, en desarrollo de la cláusula primera del Convenio Marco, se suscribe este convenio
específico con el objeto de potenciar la realización de actividades dirigidas a la humanización
de los entornos sanitarios que mejoren la calidad de vida de los pacientes en los hospitales del
Servicio Madrileño de Salud y en particular ejecutar las actuaciones previstas en el Anexo I,
que se llevarán a cabo en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
Quinto
Que el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” está adscrito al Servicio
Madrileño de Salud, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 246/2023,
de 4 de octubre.
Sexto

Séptimo
Que la Fundación Aladina es una organización sin ánimo de lucro, clasificada y registrada por Orden ministerial de fecha 8 de febrero de 2006, domiciliada en la calle Tomás
Bretón, números 50-52, tercero, oficina 5, 28045 Madrid, incluida entre las entidades reguladas por los artículos 16 a 25 ambos inclusive, de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y que de conformidad con los artículos 5 y 6 de sus Estatutos, por los que se establecen

BOCM-20250113-31

Que el presente documento se enmarca dentro del despliegue de actividades de la estrategia de humanización de la Consejería de Sanidad con el objeto de impulsar y promover intervenciones que mejoren la humanización en los centros y servicios sanitarios de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, posibilitando un sistema sanitario cercano que, sin disminuir su calidad científico-técnica, destaque la importancia de la dimensión humana de la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. Dentro de estas
actividades se encuentra la puesta al servicio del ciudadano de servicios sanitarios cercanos, transformando los centros y servicios sanitarios en entornos más humanos.