D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20250113-23)
Convenio – Convenio de colaboración de 16 de diciembre de 2024, entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y Renfe Viajeros, Sociedad Mercantil Estatal, para la utilización gratuita por usuarios del Consorcio de Transportes de Madrid de aparcamientos de las estaciones de Las Rozas, Pinar de Las Rozas, Las Matas, El Barrial y Majadahonda
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BOCM
Pág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 10
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
23
CONVENIO de colaboración de 16 de diciembre de 2024, entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y Renfe Viajeros, Sociedad
Mercantil Estatal, para la utilización gratuita por usuarios del Consorcio de
Transportes de Madrid de aparcamientos de las estaciones de Las Rozas, Pinar
de Las Rozas, Las Matas, El Barrial y Majadahonda.
Madrid, a 16 de diciembre de 2024.
INTERVIENEN
De una parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid,
designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 19 de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 171, de 20 de julio
de 2023), actuando para la firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio, y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Raül Blanco Díaz, en su condición de Presidente de Renfe Viajeros, Sociedad Mercantil Estatal, S. A. (en adelante Renfe Viajeros), con domicilio social en Madrid, avenida de Pío XII, número 110, con NIF número A-86868189, constituida el día 11 de diciembre de 2013, ante el notario de Madrid, D. José Manuel Senante Romero, bajo el número de su
protocolo 3.553, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 31997, folio 1, sección 8 y
hoja M-575733, debidamente autorizado por dicha Sociedad, cuyos poderes ostenta.
Reconociéndose las partes, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para
obligarse a celebrar el presente Convenio,
I. El CRTM ha desarrollado el Plan Estratégico de Movilidad Sostenible (2013-2025)
dentro de las directrices establecidas en la Estrategia Española de Movilidad Sostenible
(2009) y las principales recomendaciones de la Comisión Europea en materia de movilidad
sostenible. Este Plan Estratégico incorpora asimismo los objetivos previstos en la Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático (2013-2020) Plan Azul+ así como los planes
sectoriales vigentes en materia energética derivados de la Estrategia 2020 de la Unión
Europea.
El Plan Estratégico de Movilidad Sostenible (2013-2025) contempla más de 200 programas englobados en 12 medidas entre las que destacan aquellas relativas al sector del transporte, orientadas a la reducción de emisiones contaminantes y gases de efectos invernadero, incluyendo la puesta en marcha de aparcamientos de intercambio modal, eje sobre el que se
asienta el presente convenio.
La Comunidad de Madrid en virtud de las competencias previstas en el artículo 26.1.6 de
la Ley orgánica 3/1983 de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de
Madrid, pretende el impulso de una política pública en materia de transporte público colectivo, mediante la creación de una red de aparcamientos de intercambio modal asociados a las infraestructuras de transporte público colectivo que, cumpliendo los requisitos técnicos, tecnológicos, económicos, de explotación y uso que se determinen, dote a los usuarios del transporte
público colectivo de una herramienta que facilite su movilidad en condiciones de gratuidad en
la primera etapa modal de acceso y uso de transporte público colectivo en la región.
BOCM-20250113-23
MANIFIESTAN
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B.O.C.M. Núm. 10
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REGULARES DE MADRID
23
CONVENIO de colaboración de 16 de diciembre de 2024, entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y Renfe Viajeros, Sociedad
Mercantil Estatal, para la utilización gratuita por usuarios del Consorcio de
Transportes de Madrid de aparcamientos de las estaciones de Las Rozas, Pinar
de Las Rozas, Las Matas, El Barrial y Majadahonda.
Madrid, a 16 de diciembre de 2024.
INTERVIENEN
De una parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid,
designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 19 de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 171, de 20 de julio
de 2023), actuando para la firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio, y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Raül Blanco Díaz, en su condición de Presidente de Renfe Viajeros, Sociedad Mercantil Estatal, S. A. (en adelante Renfe Viajeros), con domicilio social en Madrid, avenida de Pío XII, número 110, con NIF número A-86868189, constituida el día 11 de diciembre de 2013, ante el notario de Madrid, D. José Manuel Senante Romero, bajo el número de su
protocolo 3.553, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 31997, folio 1, sección 8 y
hoja M-575733, debidamente autorizado por dicha Sociedad, cuyos poderes ostenta.
Reconociéndose las partes, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para
obligarse a celebrar el presente Convenio,
I. El CRTM ha desarrollado el Plan Estratégico de Movilidad Sostenible (2013-2025)
dentro de las directrices establecidas en la Estrategia Española de Movilidad Sostenible
(2009) y las principales recomendaciones de la Comisión Europea en materia de movilidad
sostenible. Este Plan Estratégico incorpora asimismo los objetivos previstos en la Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático (2013-2020) Plan Azul+ así como los planes
sectoriales vigentes en materia energética derivados de la Estrategia 2020 de la Unión
Europea.
El Plan Estratégico de Movilidad Sostenible (2013-2025) contempla más de 200 programas englobados en 12 medidas entre las que destacan aquellas relativas al sector del transporte, orientadas a la reducción de emisiones contaminantes y gases de efectos invernadero, incluyendo la puesta en marcha de aparcamientos de intercambio modal, eje sobre el que se
asienta el presente convenio.
La Comunidad de Madrid en virtud de las competencias previstas en el artículo 26.1.6 de
la Ley orgánica 3/1983 de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de
Madrid, pretende el impulso de una política pública en materia de transporte público colectivo, mediante la creación de una red de aparcamientos de intercambio modal asociados a las infraestructuras de transporte público colectivo que, cumpliendo los requisitos técnicos, tecnológicos, económicos, de explotación y uso que se determinen, dote a los usuarios del transporte
público colectivo de una herramienta que facilite su movilidad en condiciones de gratuidad en
la primera etapa modal de acceso y uso de transporte público colectivo en la región.
BOCM-20250113-23
MANIFIESTAN