D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20250113-24)
Convenio – Convenio administrativo de 16 de diciembre de 2024, para la renovación de la Cátedra de Investigación en Movilidad Sostenible bajo la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y la Universidad Politécnica de Madrid
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BOCM
Pág. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 10
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
24
CONVENIO administrativo de 16 de diciembre de 2024, para la renovación de
la Cátedra de Investigación en Movilidad Sostenible bajo la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público entre el Consorcio Regional de Transportes de
Madrid y la Universidad Politécnica de Madrid.
En Madrid, a 16 de diciembre de 2024.
De una parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid,
designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 19 de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 171, de 20 de julio
de 2023), actuando para la firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio, y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 6.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
En adelante, la “Sociedad”.
Y, de otra parte, Universidad Politécnica de Madrid, entidad de derecho público que
goza de plena personalidad jurídica y patrimonio propio para el desarrollo de sus funciones
y la consecución de sus fines de acuerdo con la legislación española, con domicilio social
en la calle Ramiro de Maeztu, número 7; 28040 Madrid, y NIF xxxxxxxx.
En adelante, la “Universidad” o la “UPM”.
Interviene en su nombre y representación D. Guillermo Cisneros Pérez, mayor de edad
y con DNI número xxxxxxxx en su condición de Rector Magnífico de la Universidad, nombrado por Decreto 109/2020, de 25 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 289, de 26 de noviembre de 2020), actuando en uso de las facultades
que tiene otorgadas según los estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados
por Decreto 74/2010 de 21 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 273 de 15 de noviembre de 2010).
En adelante, “Sociedad” y la “Universidad” serán referidos conjuntamente como las
“Partes” e individualmente como una “Parte”.
Cada uno de los representantes de las Partes declara que: (i) su representada tiene plena capacidad para celebrar y cumplir el presente Convenio administrativo a los efectos de
los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y que, en su caso, ha adoptado los acuerdos sociales necesarios conforme a las leyes
y los estatutos aplicables; (ii) la celebración y el cumplimiento de este Convenio no constituye infracción de norma, estatuto, resolución o contrato por el que esté obligada su representada; (iii) el representante tiene poder suficiente y vigente para celebrar este Convenio
en nombre de su representada; y (iv) este acuerdo constituye una obligación válida y exigible para su representada.
En las respectivas calidades en que actúan, y previa la manifestación, que en este acto
efectúan, bajo su exclusiva responsabilidad, en orden a la validez de sus cargos y suficiencia de las facultades inherentes a ellos, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad
legal suficiente para el otorgamiento del presente Convenio y, en tal sentido,
BOCM-20250113-24
REUNIDOS
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24
CONVENIO administrativo de 16 de diciembre de 2024, para la renovación de
la Cátedra de Investigación en Movilidad Sostenible bajo la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público entre el Consorcio Regional de Transportes de
Madrid y la Universidad Politécnica de Madrid.
En Madrid, a 16 de diciembre de 2024.
De una parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid,
designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 19 de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 171, de 20 de julio
de 2023), actuando para la firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio, y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 6.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
En adelante, la “Sociedad”.
Y, de otra parte, Universidad Politécnica de Madrid, entidad de derecho público que
goza de plena personalidad jurídica y patrimonio propio para el desarrollo de sus funciones
y la consecución de sus fines de acuerdo con la legislación española, con domicilio social
en la calle Ramiro de Maeztu, número 7; 28040 Madrid, y NIF xxxxxxxx.
En adelante, la “Universidad” o la “UPM”.
Interviene en su nombre y representación D. Guillermo Cisneros Pérez, mayor de edad
y con DNI número xxxxxxxx en su condición de Rector Magnífico de la Universidad, nombrado por Decreto 109/2020, de 25 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 289, de 26 de noviembre de 2020), actuando en uso de las facultades
que tiene otorgadas según los estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados
por Decreto 74/2010 de 21 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 273 de 15 de noviembre de 2010).
En adelante, “Sociedad” y la “Universidad” serán referidos conjuntamente como las
“Partes” e individualmente como una “Parte”.
Cada uno de los representantes de las Partes declara que: (i) su representada tiene plena capacidad para celebrar y cumplir el presente Convenio administrativo a los efectos de
los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y que, en su caso, ha adoptado los acuerdos sociales necesarios conforme a las leyes
y los estatutos aplicables; (ii) la celebración y el cumplimiento de este Convenio no constituye infracción de norma, estatuto, resolución o contrato por el que esté obligada su representada; (iii) el representante tiene poder suficiente y vigente para celebrar este Convenio
en nombre de su representada; y (iv) este acuerdo constituye una obligación válida y exigible para su representada.
En las respectivas calidades en que actúan, y previa la manifestación, que en este acto
efectúan, bajo su exclusiva responsabilidad, en orden a la validez de sus cargos y suficiencia de las facultades inherentes a ellos, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad
legal suficiente para el otorgamiento del presente Convenio y, en tal sentido,
BOCM-20250113-24
REUNIDOS