C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20250113-18)
Convenio –  Convenio de 23 de diciembre de 2024, para la gestión de los servicios de aducción y de distribución con renovación de las infraestructuras internas de la Urbanización “Montebatres” del T. M. de Batres, entre Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P., el Ayuntamiento de Batres y la Urbanización “Montebatres”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 10

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE ENERO DE 2025

Pág. 105

Cuarta
Normativa Técnica
La ejecución de cualquiera de las obras referidas a la renovación o adecuación de las
distintas infraestructuras internas de la Urbanización, así como la instalación de aparatos,
accesorios y otros elementos hidráulicos, se ajustará a lo dispuesto en la Estipulación Cuarta del convenio de Gestión Integral.
Quinta
Calidad de las aguas
Habida cuenta de la situación del suministro y de la red existente, y puesto que se trata de una situación transitoria hasta que Canal construya la nueva red, Canal no se hace responsable de los problemas de calidad que puedan darse en la red de distribución y acometidas existentes, como consecuencia de su procedencia de captaciones propias, su actual
diseño, materiales y mantenimiento, en tanto no esté construida en su totalidad la nueva red
de distribución. El régimen jurídico de la calidad de las aguas se regulará por el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la
calidad del agua de consumo, su control y suministro.
Capítulo III
Prestación del servicio de distribución de agua de consumo humano
desde la fecha de efectos del convenio hasta la completa renovación
de la red interna de distribución
Sexta
Entrega de las infraestructuras internas de distribución de agua al Ayuntamiento
Mediante el presente convenio, la Urbanización entrega al Ayuntamiento las infraestructuras internas de distribución de agua existentes, excepto las captaciones subterráneas.

Octava
Recepción de las infraestructuras internas de distribución de agua por el Ayuntamiento
y encomienda de la gestión, técnica y comercial, de las infraestructuras internas
de distribución de agua a Canal
El Ayuntamiento recibe las infraestructuras existentes de la red de distribución de la
Urbanización, excepto los pozos, y con el fin de alcanzar los objetivos de eficacia, optimación de los recursos hídricos, seguridad del servicio y mejora del suministro de agua, realiza las siguientes encomiendas:
1. Desde la fecha de efectos del presente convenio y durante la primera fase de la
misma, el Ayuntamiento encomienda a la Urbanización el mantenimiento y explotación de
la red de distribución existente y a Canal efectuar la gestión comercial.

BOCM-20250113-18

Séptima
Fases de la encomienda de los servicios objeto del presente convenio
La realización de las obras previstas, así como la modalidad de la prestación de los distintos servicios se definen en las siguientes fases:
— Primera fase: desde la fecha de efectos del presente convenio y durante la ejecución de las obras, los servicios de aducción y distribución se prestarán, como hasta la fecha, por la Urbanización, el servicio de depuración, por Canal, y el servicio de alcantarillado, por la Urbanización. Asimismo, Canal realizará la gestión
comercial de todos los servicios.
— Segunda fase: una vez finalizada la obra de la red interior de distribución de la Urbanización y efectuada la conexión de la misma a la Red General de la Comunidad de Madrid, la prestación de los servicios de aducción y distribución se realizará por Canal en los términos establecidos en el presente convenio, para lo cual,
la red ejecutada quedará adscrita a Canal, y se integrará en la Red General de la
Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto por la Estipulación Vigésima
Tercera del presente convenio, facturándose todos los servicios prestados según
tarifas de Canal.