D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250111-3)
Convenio – Convenio de 27 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Fundación Infante de Orleans por el que se formaliza la concesión directa de una subvención para la construcción del Museo de Aviones Históricos en Getafe
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BOCM
Pág. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 9
IV. El 15 de octubre de 2024, se firmó el Protocolo general de actuación entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Infante de Orleans para la preservación y divulgación
del patrimonio histórico-aeronáutico.
V. Así, con el objetivo de poner en valor su posición dominante en el sector aeronáutico nacional, desde la Comunidad de Madrid se propone la concesión directa de una subvención a la citada fundación para la realización de las inversiones descritas en el presente
convenio subvención, en relación a las nuevas instalaciones del hangar-museo que Fundación Infante de Orleans proyecta construir en Getafe a lo largo del año 2026, tanto para las
exposiciones estáticas como para las exhibiciones en vuelo.
Con estas nuevas instalaciones, se mantendrá la colección de aviones históricos de la
Fundación Infante de Orleans, la tercera mayor colección de este tipo en Europa, se preservará la historia y se destacará la importancia de la aviación española, de manera que el museo de Getafe se convierta en un punto de referencia a nivel nacional e internacional para
los aficionados a la aviación y el público en general.
VI. Este convenio subvención se deriva de lo dispuesto en el Plan Estratégico de
Subvenciones aprobado por Orden, de 26 de noviembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
VII. Por otra parte, el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y el artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, establecen que podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. En estos supuestos, el Consejo de Gobierno podrá autorizar la celebración de convenios o acuerdos de colaboración sin contraprestación con los beneficiarios de las subvenciones, cuando estos se encuentren singularizados en el momento
de su autorización.
VIII. Por todo lo expuesto, en particular en los exponendos III y V, y dado que la
Fundación Infante de Orleans es la única poseedora de la colección completa de aviones
históricos y de las nuevas instalaciones asociadas para su exposición, objeto de subvención,
no procede convocar un proceso público de concurrencia.
IX. Con carácter previo a la firma del presente convenio, se ha comprobado que no
existe ninguna de las prohibiciones previstas al respecto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que el beneficiario se encuentra al corriente de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
X. La concurrencia de las circunstancias exigidas en el artículo 4.5 apartado c), queda acreditada mediante el informe de concurrencia de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento de concesión directa mediante la formalización de un
convenio subvención, emitido con fecha 19 de noviembre de 2024, en cumplimiento del artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, el Consejo de Gobierno autorizó la celebración del presente convenio, mediante el correspondiente acuerdo, de fecha 26 de diciembre de 2024.
En conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
En el ámbito del impulso de acciones promocionales dirigidas a incentivar aquellas actividades económicas de mayor importancia estratégica para el futuro del sistema productivo de la Comunidad de Madrid y con el objeto de poner en valor la posición dominante de
la Región en el sector aeronáutico nacional, se propone la concesión directa de una subvención a la Fundación Infante de Orleans.
Esta subvención financiará parcialmente la realización de las inversiones y gastos precisos para la construcción de las instalaciones que albergarán el Museo de Aviones Históricos en Getafe, en las condiciones que se establecen en el presente convenio, al amparo de
lo establecido en el artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, siéndole de aplicación lo establecido en dicho tex-
BOCM-20250111-3
Objeto
Pág. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 9
IV. El 15 de octubre de 2024, se firmó el Protocolo general de actuación entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Infante de Orleans para la preservación y divulgación
del patrimonio histórico-aeronáutico.
V. Así, con el objetivo de poner en valor su posición dominante en el sector aeronáutico nacional, desde la Comunidad de Madrid se propone la concesión directa de una subvención a la citada fundación para la realización de las inversiones descritas en el presente
convenio subvención, en relación a las nuevas instalaciones del hangar-museo que Fundación Infante de Orleans proyecta construir en Getafe a lo largo del año 2026, tanto para las
exposiciones estáticas como para las exhibiciones en vuelo.
Con estas nuevas instalaciones, se mantendrá la colección de aviones históricos de la
Fundación Infante de Orleans, la tercera mayor colección de este tipo en Europa, se preservará la historia y se destacará la importancia de la aviación española, de manera que el museo de Getafe se convierta en un punto de referencia a nivel nacional e internacional para
los aficionados a la aviación y el público en general.
VI. Este convenio subvención se deriva de lo dispuesto en el Plan Estratégico de
Subvenciones aprobado por Orden, de 26 de noviembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
VII. Por otra parte, el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y el artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, establecen que podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. En estos supuestos, el Consejo de Gobierno podrá autorizar la celebración de convenios o acuerdos de colaboración sin contraprestación con los beneficiarios de las subvenciones, cuando estos se encuentren singularizados en el momento
de su autorización.
VIII. Por todo lo expuesto, en particular en los exponendos III y V, y dado que la
Fundación Infante de Orleans es la única poseedora de la colección completa de aviones
históricos y de las nuevas instalaciones asociadas para su exposición, objeto de subvención,
no procede convocar un proceso público de concurrencia.
IX. Con carácter previo a la firma del presente convenio, se ha comprobado que no
existe ninguna de las prohibiciones previstas al respecto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que el beneficiario se encuentra al corriente de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
X. La concurrencia de las circunstancias exigidas en el artículo 4.5 apartado c), queda acreditada mediante el informe de concurrencia de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento de concesión directa mediante la formalización de un
convenio subvención, emitido con fecha 19 de noviembre de 2024, en cumplimiento del artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, el Consejo de Gobierno autorizó la celebración del presente convenio, mediante el correspondiente acuerdo, de fecha 26 de diciembre de 2024.
En conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
En el ámbito del impulso de acciones promocionales dirigidas a incentivar aquellas actividades económicas de mayor importancia estratégica para el futuro del sistema productivo de la Comunidad de Madrid y con el objeto de poner en valor la posición dominante de
la Región en el sector aeronáutico nacional, se propone la concesión directa de una subvención a la Fundación Infante de Orleans.
Esta subvención financiará parcialmente la realización de las inversiones y gastos precisos para la construcción de las instalaciones que albergarán el Museo de Aviones Históricos en Getafe, en las condiciones que se establecen en el presente convenio, al amparo de
lo establecido en el artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, siéndole de aplicación lo establecido en dicho tex-
BOCM-20250111-3
Objeto