D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20250110-44)
Convenio –  Convenio de 17 de diciembre de 2024, entre el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) y el Ayuntamiento de Aranjuez, para la implantación de un Laboratorio de Agricultura Abierta en el término municipal de Aranjuez
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 8

zando todos aquellos que promuevan el equilibrio y la cohesión social y territorial
en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Y entre otras, las funciones de:
— Contribuir al conocimiento del medio rural para el mantenimiento de su identidad
propia, la mejora de su entorno, su paisaje y sus condiciones socioeconómicas y
culturales.
— Prestar servicios, asesorar y suministrar asistencia técnica directa a los órganos de
la administración, asociaciones, empresas, cooperativas y autónomos del sector
agrario y agroalimentario y del medio rural que lo soliciten en asuntos relacionados con la investigación, la tecnología, el desarrollo rural, y la calidad y sanidad
de los cultivos, los animales, las producciones, los productos y los alimentos.
Segundo
Que el IMIDRA es el organismo público de la Comunidad de Madrid especializado en
la investigación y desarrollo agroalimentarios, y en la transferencia al sector de nuevos conocimientos y tecnologías en ese ámbito.
Tercero
Que el Ayuntamiento de Aranjuez tiene interés en establecer un Laboratorio de Agricultura Abierta (Agro Living Lab) en el término municipal de Aranjuez.
Cuarto
Que el Ayuntamiento de Aranjuez en el ejercicio de sus competencias en “medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas”, de conformidad con lo previsto en el apartado b) del artículo 25.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en su competencia en “Promoción de la cultura y equipamientos culturales”, establecida en el apartado 2.m) del mismo artículo, pretende conseguir el desarrollo y formación de una agricultura como parte integrante del medio ambiente urbano, estableciendo un Laboratorio de Agricultura Abierta como
equipamiento cultural para el municipio.
Asimismo, el Ayuntamiento podrá desarrollar actividades de formación y promoción
ambiental y cultural en virtud de lo establecido en el apartado 1 del artículo 25 de la Ley citada anteriormente, “El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus
competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan
a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este artículo”.

Que el Ayuntamiento de Aranjuez quiere potenciar el sector agropecuario y el desarrollo de la agricultura ecológica en su municipio, ofreciendo formación y apoyo a todos
aquellos vecinos, empadronados en Aranjuez o su pedanía, y que estén interesados como
emprendedores en dicho sector y en la generación de renta y empleo, con especial atención
a las personas en situación de desempleo y/o desventaja social, así como para la revaloración de su patrimonio cultural y natural y la transformación del modelo de ciudad en términos de sostenibilidad dirigidos a colectivos o asociaciones para uso como huertos educativos, terapéuticos o de otra índole.
Entre las prioridades y objetivos del Ayuntamiento de Aranjuez se encuentran la participación, y el fomento del emprendimiento y la inclusión social compatibles con el modelo de dinamización del sector agropecuario propuesto en la Estrategia para el desarrollo y
dinamización de las Huertas Históricas de Aranjuez 2023-2030.
Sexto
Que en el Área de Investigación Aplicada y Extensión Agraria del IMIDRA se realizan trabajos destinados a la formación, capacitación y apoyo al sector agrario de la Comunidad de Madrid y están interesados en poner en marcha una experiencia de fomento de la
actividad agrícola que sirva para dinamizar las zonas periurbanas y, por tanto, dispone del
material y personal adecuados para el cumplimiento de este convenio.

BOCM-20250110-44

Quinto