D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250110-42)
Convenio –  Convenio de 13 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad del Sur, en virtud del cual se instrumenta la concesión de una subvención nominativa por importe de 2.120.769,98 euros, para financiar la gestión de los residuos domésticos de sus municipios integrantes durante el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025

Pág. 409

Sexta
Cálculo de la subvención y forma de pago
El abono de las cantidades que aportará la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior se realizará anticipadamente a resultas de la justificación por parte de la Mancomunidad del Sur de las toneladas reales de residuos, tratadas en cada municipio de población igual o inferior a 5.000 habitantes, mediante Certificación del Secretario de la
Mancomunidad del Sur.
La estimación del pago, para el año 2024, se hará en base al precio que se consigna en
los Anexos:
— Anexo VI. Resumen.
— Anexo I. D.C Pinto.
— Anexo II. E.T. Las Rozas.
— Anexo III. E.T Leganés.
— Anexo IV. E.T. Colmenar del Arroyo.
— Anexo V. E.T. Colmenar de Oreja.
La estimación del pago, para el año 2024, se hará con base al precio que se consigna
en el Anexo resumen:
— 18,2 euros/t (Subvención de la Comunidad de Madrid para el año 2024: 70 % del
precio de la tasa que es de 26 euros/t IVA incluido), para los municipios de población igual o inferior a 5.000 habitantes.
— 28,0 euros/t (Subvención de la Comunidad de Madrid para el año 2024: 70 %
de 40 euros/t impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos según el artículo 93 del Capítulo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular) para los municipios de población igual o inferior a 5.000 habitantes.
— 2,8 euros/t (Subvención de la Comunidad de Madrid para el año 2024: 70 %
del 10 % de IVA, tipo de IVA según el artículo 91.2.5.o de la Ley 37/1992, de 28
de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que se debe aplicar al impuesto de 40 euros/t por el depósito de residuos en vertederos, según lo dispuesto en el
artículo 78.1 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor
Añadido), para los municipios de población igual o inferior a 5.000 habitantes.
En el ejercicio económico de 2024, que es en el que tiene vigencia el presente Convenio, se realizarán los siguientes pagos en los siguientes plazos:
1. A la firma del Convenio se realizará un abono que consistirá en el total justificado hasta la fecha por parte de la Mancomunidad del Sur, mediante certificado al efecto por
parte de esta Entidad Local y además se realizará un anticipo del 50 % pendiente de justificar según la Tabla General de Financiación 2024, que será justificado antes del 30 de noviembre de 2024.
2. El otro 50 % restante se anticipará una vez justificado por parte de la Mancomunidad del Sur el anticipo anterior.
El pago anticipado se realizará sin exigencia de garantías, de acuerdo con la normativa vigente.
El abono de las certificaciones se realizará mediante ingreso en la cuenta bancaria de
Eurocaja Rural, con número de IBAN: ES05 3081 0272 18 3441448226, de la que es titular la Mancomunidad del Sur.
Séptima
La justificación del último anticipo se realizará en los dos primeros meses del ejercicio siguiente, mediante Certificación del Secretario de la Mancomunidad del Sur, donde se
acredite el total de las toneladas de residuos realmente tratadas en el ejercicio anterior.
En el caso de que el total de los abonos a cuenta y pagos anticipados realizados por la
Comunidad de Madrid sea superior al total de las certificaciones presentadas por la Mancomunidad del Sur, se procederá al reintegro del exceso percibido.

BOCM-20250110-42

Liquidación