D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250110-31)
Convenio –  Adenda de 10 de diciembre de 2024, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Avintia, para la construcción de una casa de apoyo o acogida a familiares de pacientes ingresados en hospitales del Servicio Madrileño de Salud
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 8

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025








Pág. 389

ta en funcionamiento de la casa, siendo la fundación la responsable de solicitar dichas licencias o permisos.
Llevar a cabo la ejecución del proyecto en el plazo de cuatro años de vigencia de
este convenio o, en su caso, el de su prórroga y poner en conocimiento de la comisión mixta de seguimiento del convenio las incidencias que pudieran surgir en la
ejecución para su toma en consideración. La construcción del primer módulo de
diez habitaciones y las zonas comunes como cocina, comedor, sala de juegos, biblioteca, jardines, huerto urbano y servicio de lavandería deberá ejecutarse dentro
de los primeros nueve meses desde la fecha de otorgamiento de la licencia municipal de obras, de acuerdo con el plazo total de cuatro años de vigencia del convenio.
Las siguientes fases comprenderán la construcción de nuevos módulos hasta completar el total de habitaciones previstas.
Poner en funcionamiento, en coordinación con las demás partes del convenio,
cada uno de los módulos de habitaciones a medida que finalice su construcción y
una vez obtenidas por la fundación las correspondientes licencias municipales.
Entregar las edificaciones a la Comunidad de Madrid en propiedad, gratuitamente
y libres de cargas con devolución de los terrenos cedidos, una vez extinguida la
concesión demanial mencionada en el apartado 1 de esta cláusula, por transcurso
del plazo que determine la orden de concesión –o sus prórrogas– o por otras causas de acuerdo con la legislación sobre patrimonio, sin derecho a indemnización
alguna para la fundación, quedando a salvo los gastos que legalmente se puedan
generar por la formalización de la cesión de propiedad, tales como notariales, registrales, etc.
Hacerse cargo del mantenimiento de las instalaciones y de su custodia y seguridad, incluidas las construcciones que se vayan realizando, asumiendo los costes
de las reparaciones, servicios de luz, agua, limpieza, impuestos y todos los gastos
que genere la gestión de la casa de apoyo. Queda excluido el abastecimiento de
alimentos, que correrá a cargo de los usuarios”.

Quinta
Incorporación de un nuevo anexo IV al convenio
Se incorpora al convenio un nuevo anexo IV, con la siguiente redacción:
«ANEXO IV


















Hospital Universitario “La Princesa”.
Hospital Universitario “Santa Cristina”.
Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.
Hospital Universitario “Príncipe de Asturias”.
Hospital Universitario “Ramón y Cajal”.
Hospital Universitario “La Paz”, que integra:
• Hospital “Carlos III”.
• Hospital “Cantoblanco”.
• Hospital “Enfermera Isabel Zendal”.
Hospital “La Fuenfría”.
Hospital Universitario “Puerta de Hierro Majadahonda”.
Hospital Clínico “San Carlos”, que integra:
• El Centro “Sandoval”.
Hospital Universitario de Móstoles.
Hospital Universitario “Severo Ochoa”.
Hospital Universitario de Getafe.
Hospital Universitario “12 de Octubre”.
Hospital Central de la Cruz Roja “San José y Santa Adela”.
Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, que integra:
• Instituto Oftálmico de Madrid.
• Instituto Provincial de Rehabilitación.

BOCM-20250110-31

RELACIÓN DE HOSPITALES