C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250110-16)
Bases subvenciones –  Orden de 27 de diciembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación de itinerarios formativos incluidos en el componente 19 “Plan Nacional de Capacidades Digitales”, Inversión 3 “Competencias digitales para el empleo”, objetivo n.o 292.a “Formación digital en el entorno laboral”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, en la Comunidad de Madrid y se procede a su convocatoria en el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025

II.
III.
IV.

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Herramientas para trabajar en la nube. Modelos.
Ventajas de trabajar en la nube para pequeñas y nuevas empresas.
Seguridad y privacidad en la nube.

d) 5G:
I.
II.
III.
IV.

Introducción a la tecnología 5G.
Servicios 5G: aplicaciones más allá de la telefonía móvil.
Realidad virtual y realidad aumentada aplicables a los negocios en
entornos 5G.
Inteligencia artificial y Big Data aplicables en entornos 5G.

Todos los itinerarios tienen un orden de realización de las acciones formativas,
por lo que no se podrá realizar una acción formativa, sin haber realizado las
acciones preceptivas anteriores. El orden de realización y contenido es el que
consta en el anexo de esta convocatoria.
Las acciones formativas impartidas al amparo de esta convocatoria, tendrán una
duración de 25 horas.
3. Las acciones formativas deberán iniciarse en el plazo máximo de dos meses
desde la fecha de notificación de la orden de concesión de la subvención, y
deberán finalizar antes del 31 de mayo de 2026.
Séptimo. Cuantía de la subvención.
1.De conformidad con el artículo 76.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
y el artículo 9 de las bases reguladoras, el régimen de concesión y justificación
de la subvención se realizará a través de módulos.
El Anexo III de la Orden TES/629/2023, de 14 de junio, ha establecido que el
coste unitario de la inversión 3 del componente 19, es de 13
euros/hora/participante.
2. A estos efectos se entiende por módulo, el coste por participante y hora de
formación.
Los módulos se aplican a todos los itinerarios formativos. Las acciones
formativas tienen una duración de 25 horas y un coste de 325 euros por
participante.
3. El importe total del crédito asignado a esta convocatoria son 7.922.200 euros.

BOCM-20250110-16

Dicho importe queda distribuido entre los itinerarios y acciones formativas, de la
siguiente forma: