C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250110-16)
Bases subvenciones – Orden de 27 de diciembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación de itinerarios formativos incluidos en el componente 19 “Plan Nacional de Capacidades Digitales”, Inversión 3 “Competencias digitales para el empleo”, objetivo n.o 292.a “Formación digital en el entorno laboral”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, en la Comunidad de Madrid y se procede a su convocatoria en el año 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 8
Con este objeto el beneficiario, antes del inicio del itinerario, facilitará a los
participantes preseleccionados el acceso a la plataforma virtual y sus
instrucciones de uso, y comprobará que pueden utilizar las herramientas
necesarias para seguir la formación a través de la misma.
-Disponibilidad de un servicio de atención a usuarios que de soporte técnico y
mantenga la infraestructura tecnológica y que, de forma estructurada y
centralizada, atienda y resuelva las consultas e incidencias técnicas de los
participantes.
Las formas de establecer contacto con este servicio, que serán mediante
teléfono y mensajería electrónica, tienen que estar disponibles para los
participantes desde el inicio hasta la finalización de la acción formativa,
manteniendo un horario de funcionamiento de mañana y de tarde y un tiempo de
demora en la respuesta no superior a 48 horas laborables.
- Acceso al material virtual de aprendizaje de cada acción formativa alojado en
la plataforma con las credenciales identificativas de los perfiles de acceso de
administrador, tutor-formador y participante definidos.
- Personalización con la imagen institucional de la Comunidad de Madrid y del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con las pautas de imagen
corporativa indicadas en las bases reguladoras
- Con el objeto de gestionar, administrar, organizar, diseñar, impartir y evaluar
acciones formativas a través de Internet, la plataforma de teleformación integrará
las herramientas y recursos necesarios a tal fin, disponiendo, específicamente,
de herramientas de:
x
Comunicación, que permitan que cada participante pueda interaccionar a
través del navegador con el tutor-formador, el sistema y con los demás
participantes. Esta comunicación electrónica puede de llevarse a cabo
mediante herramientas de comunicación síncronas (aula virtual, chat, pizarra
electrónica) o asíncronas (correo electrónico, foro, calendario, tablón de
anuncios, avisos).
Será obligatorio que cada acción formativa disponga, como mínimo, de un
servicio de mensajería, un foro y un chat.
Las acciones formativas incluirán acciones orientadoras y de apoyo a los
procesos de aprendizaje, dando respuesta a los problemas que puedan surgir
y a las consultas realizadas, manteniendo un tiempo de demora no superior
a 24 horas laborables.
Colaboración, que permita tanto el trabajo cooperativo entre los miembros de
un grupo, como la gestión de grupos.
BOCM-20250110-16
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 8
Con este objeto el beneficiario, antes del inicio del itinerario, facilitará a los
participantes preseleccionados el acceso a la plataforma virtual y sus
instrucciones de uso, y comprobará que pueden utilizar las herramientas
necesarias para seguir la formación a través de la misma.
-Disponibilidad de un servicio de atención a usuarios que de soporte técnico y
mantenga la infraestructura tecnológica y que, de forma estructurada y
centralizada, atienda y resuelva las consultas e incidencias técnicas de los
participantes.
Las formas de establecer contacto con este servicio, que serán mediante
teléfono y mensajería electrónica, tienen que estar disponibles para los
participantes desde el inicio hasta la finalización de la acción formativa,
manteniendo un horario de funcionamiento de mañana y de tarde y un tiempo de
demora en la respuesta no superior a 48 horas laborables.
- Acceso al material virtual de aprendizaje de cada acción formativa alojado en
la plataforma con las credenciales identificativas de los perfiles de acceso de
administrador, tutor-formador y participante definidos.
- Personalización con la imagen institucional de la Comunidad de Madrid y del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con las pautas de imagen
corporativa indicadas en las bases reguladoras
- Con el objeto de gestionar, administrar, organizar, diseñar, impartir y evaluar
acciones formativas a través de Internet, la plataforma de teleformación integrará
las herramientas y recursos necesarios a tal fin, disponiendo, específicamente,
de herramientas de:
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Comunicación, que permitan que cada participante pueda interaccionar a
través del navegador con el tutor-formador, el sistema y con los demás
participantes. Esta comunicación electrónica puede de llevarse a cabo
mediante herramientas de comunicación síncronas (aula virtual, chat, pizarra
electrónica) o asíncronas (correo electrónico, foro, calendario, tablón de
anuncios, avisos).
Será obligatorio que cada acción formativa disponga, como mínimo, de un
servicio de mensajería, un foro y un chat.
Las acciones formativas incluirán acciones orientadoras y de apoyo a los
procesos de aprendizaje, dando respuesta a los problemas que puedan surgir
y a las consultas realizadas, manteniendo un tiempo de demora no superior
a 24 horas laborables.
Colaboración, que permita tanto el trabajo cooperativo entre los miembros de
un grupo, como la gestión de grupos.
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