C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250110-21)
Bases ayudas –  Orden 4595/2024, de 23 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifica la Orden 1252/2023, de 2 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de los pagos compensatorios en zonas de montaña, cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 350

VIERNES 10 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 8

3. Modelos de solicitud.
El impreso de solicitud se incorporará como Anexo I en las convocatorias anuales, modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de
Madrid, en la dirección electrónica: https://sede.comunidad.madrid/
4. Convocatorias.
Las convocatorias anuales del pago compensatorio a los agricultores y ganaderos de zonas de montaña de la Comunidad de Madrid se publicarán en forma de extracto en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de la mismas en el Sistema Nacional de Publicidad de
Subvenciones, que forma parte de dicha Base de Datos. Dichas convocatorias podrán establecer los medios de publicidad adicionales que el órgano convocante estime más convenientes
para facilitar el conocimiento general de las mismas, debiendo, en este caso, incluir las previsiones necesarias para que el potencial solicitante de las ayudas conozca de forma inequívoca
el cómputo de plazos para la presentación de las solicitudes de participación”.
Artículo segundo
Recursos contra esta Orden
Contra esta Orden no cabe interponer recurso en vía administrativa, solo recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación,
sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro que estimen oportuno para
la mejor defensa de sus derechos.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 23 de diciembre de 2024.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS

BOCM-20250110-21

(03/21.534/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791