C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250110-18)
Autorización implantación enseñanzas –  Orden 5913/2024, de 19 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la implantación del programa oficial de doctorado interuniversitario en Derecho y Economía en la Universidad San Pablo-CEU
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 342

VIERNES 10 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 8

des ha emitido el informe sobre la necesidad y viabilidad académica y social a la implantación del programa oficial de doctorado interuniversitario en Derecho y Economía solicitado por la Universidad San Pablo-CEU.
En virtud de lo dispuesto por el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, el artículo 10 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, el artículo 8.3 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con el artículo 17 q) del
Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno,
DISPONGO
Primero
Autorizar, a solicitud de la Universidad San Pablo-CEU la implantación del siguiente
programa oficial de doctorado interuniversitario, a partir del curso 2024/2025:
DENOMINACIÓN DEL TÍTULO
Programa de Doctorado en Derecho
y Economía

CENTRO
RESPONSABLE
CEU Escuela Internacional
de Doctorado (CEINDO)

MODALIDAD
DE IMPARTICIÓN
Presencial

UNIVERSIDADES PARTICIPANTES
(ENSEÑANZAS CONJUNTAS)
Universidad San Pablo-CEU
Universidad Cardenal Herrera-CEU
(coordinadora)
Universitat Abat Oliba CEU
Universidad CEU Fernando III

Segundo
La Universidad San Pablo-CEU impartirá esta enseñanza con los recursos humanos y
materiales adecuados a su impartición, de conformidad con la memoria verificada favorablemente, en la que se concreta el proyecto académico formativo que define las características del título y las condiciones en las que se va a desarrollar.
Tercero
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que
los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Cuarto
La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 19 de diciembre de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20250110-18

(03/21.563/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791