C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250110-18)
Autorización implantación enseñanzas – Orden 5913/2024, de 19 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la implantación del programa oficial de doctorado interuniversitario en Derecho y Economía en la Universidad San Pablo-CEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
Pág. 341
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 5913/2024, de 19 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia
y Universidades, por la que se autoriza la implantación del programa oficial
de doctorado interuniversitario en Derecho y Economía en la Universidad
San Pablo-CEU.
El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
dispone que la iniciativa para impartir una enseñanza requiere el informe preceptivo y favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial por la Comunidad Autónoma competente, el informe favorable a efectos
de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad
correspondiente, la verificación por el Consejo de Universidades del plan de estudios y la
autorización de la implantación de este por la indicada Comunidad Autónoma.
Por otro lado, el artículo 9.1 de la citada Ley Orgánica, dispone que las enseñanzas universitarias oficiales se estructuran en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de
las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, fija las
directrices, condiciones y los procedimientos de aseguramiento de la calidad de los planes
de estudios, cuya superación permite la obtención de títulos universitarios oficiales con validez en todo el territorio nacional. Dichos procedimientos se concretan en la verificación
del plan de estudios como requisito para la acreditación inicial del título. Tras la autorización de la Comunidad Autónoma, se procederá a la inscripción del título en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
Por lo que respecta a las enseñanzas de doctorado, el artículo 10 del Real Decreto 99/2011,
de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece que los
programas de doctorado conducentes a la obtención del título oficial de Doctor deberán ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las correspondientes comunidades
autónomas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, con
las particularidades a que se refiere el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.
La Orden 2123/2019, de 8 de julio, de la Consejería de Educación e Investigación, establece que la presentación de solicitudes de implantación de enseñanzas universitarias de
doctorado, podrán presentarse a lo largo de todo el año, conforme obtengan su resolución
favorable de verificación.
El artículo 5 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, establece que las universidades pueden proponer planes de estudios conjuntos con otras universidades, conducentes a un título universitario oficial de grado, máster universitario o doctorado, mediante
la celebración del correspondiente convenio, en el que se acordará la universidad que ejercerá de coordinadora, así como la participación en la docencia, el centro responsable de su
impartición, la gestión de los expedientes de los alumnos matriculados, entre otras cuestiones, de cada una de las universidades participantes.
Mediante esta orden se autoriza, a solicitud de la Universidad San Pablo-CEU, la implantación del Programa de Doctorado interuniversitario en Derecho y Economía, coordinado por la Universidad Cardenal Herrera-CEU, verificado favorablemente por el Consejo
de Universidades con fecha 21 de octubre de 2024, visto el informe favorable emitido por
la Agencia Valenciana de Evaluación y Prospectiva (AVAP).
El Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de
Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 14 de noviembre de 2024, y de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, informó favorablemente esta propuesta de implantación.
En aplicación del artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, y en el ejercicio
de las competencias sobre la programación universitaria y la ordenación del mapa de titulaciones oficiales en el ámbito de la Comunidad de Madrid, conferidas por el Decreto 248/2023,
de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, la Dirección General de Universida-
BOCM-20250110-18
18
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE ENERO DE 2025
Pág. 341
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 5913/2024, de 19 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia
y Universidades, por la que se autoriza la implantación del programa oficial
de doctorado interuniversitario en Derecho y Economía en la Universidad
San Pablo-CEU.
El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
dispone que la iniciativa para impartir una enseñanza requiere el informe preceptivo y favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial por la Comunidad Autónoma competente, el informe favorable a efectos
de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad
correspondiente, la verificación por el Consejo de Universidades del plan de estudios y la
autorización de la implantación de este por la indicada Comunidad Autónoma.
Por otro lado, el artículo 9.1 de la citada Ley Orgánica, dispone que las enseñanzas universitarias oficiales se estructuran en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de
las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, fija las
directrices, condiciones y los procedimientos de aseguramiento de la calidad de los planes
de estudios, cuya superación permite la obtención de títulos universitarios oficiales con validez en todo el territorio nacional. Dichos procedimientos se concretan en la verificación
del plan de estudios como requisito para la acreditación inicial del título. Tras la autorización de la Comunidad Autónoma, se procederá a la inscripción del título en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
Por lo que respecta a las enseñanzas de doctorado, el artículo 10 del Real Decreto 99/2011,
de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece que los
programas de doctorado conducentes a la obtención del título oficial de Doctor deberán ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las correspondientes comunidades
autónomas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, con
las particularidades a que se refiere el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.
La Orden 2123/2019, de 8 de julio, de la Consejería de Educación e Investigación, establece que la presentación de solicitudes de implantación de enseñanzas universitarias de
doctorado, podrán presentarse a lo largo de todo el año, conforme obtengan su resolución
favorable de verificación.
El artículo 5 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, establece que las universidades pueden proponer planes de estudios conjuntos con otras universidades, conducentes a un título universitario oficial de grado, máster universitario o doctorado, mediante
la celebración del correspondiente convenio, en el que se acordará la universidad que ejercerá de coordinadora, así como la participación en la docencia, el centro responsable de su
impartición, la gestión de los expedientes de los alumnos matriculados, entre otras cuestiones, de cada una de las universidades participantes.
Mediante esta orden se autoriza, a solicitud de la Universidad San Pablo-CEU, la implantación del Programa de Doctorado interuniversitario en Derecho y Economía, coordinado por la Universidad Cardenal Herrera-CEU, verificado favorablemente por el Consejo
de Universidades con fecha 21 de octubre de 2024, visto el informe favorable emitido por
la Agencia Valenciana de Evaluación y Prospectiva (AVAP).
El Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de
Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 14 de noviembre de 2024, y de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, informó favorablemente esta propuesta de implantación.
En aplicación del artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, y en el ejercicio
de las competencias sobre la programación universitaria y la ordenación del mapa de titulaciones oficiales en el ámbito de la Comunidad de Madrid, conferidas por el Decreto 248/2023,
de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, la Dirección General de Universida-
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