Navalcarnero (BOCM-20250109-75)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 7

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE ENERO DE 2025

Pág. 299

TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS
DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO, CARGA Y DESCARGA
DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE
FUNDAMENTO Y NATURALEZA
Artículo 1º.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
y por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el 15 y siguientes del RDleg 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
este Ayuntamiento establece la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las
reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier
clase, que se regirá por la presente Ordenanza.

HECHO IMPONIBLE
Artículo 2º.
El hecho imponible regulado en esta ordenanza está constituido por:
a) Entrada de vehículos en los edificios y solares.
b) Las reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo.
c) Las reservas de vía pública para carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

SUJETO PASIVO
Artículo 3º.
Son sujetos pasivos contribuyentes de la tasa, las personas físicas o jurídicas, así como
las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que se beneficien del aprovechamiento.

TARIFA
Artículo 4º.
Las tarifas de la tasa serán la siguientes:
EUROS
1. Por cada 5 metros lineales de ancho o fracción:
- Por cada garaje público o de comunidad
vecinal de 5 hasta 20 vehículos, por
cada entrada y año ...............................................

100,06

- Por cada garaje público o de comunidad
de vecinos de 21 a 50 vehículos, por
cada entrada y año ...............................................

192,94

- Por cada garaje público o de comunidad
de vecinos de 51 a 100 vehículos, por
370,02

- Por cada garaje público o de comunidad
de vecinos de 101 a 150 vehículos, por
cada entrada y año ...............................................

706,67

BOCM-20250109-75

cada entrada y año ...............................................