D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250109-36)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM), la Federación Comisiones Obreras del Hábitat y la Federación de Industria, Construcción y Agro de la Unión General de Trabajadores (UGT-FICA) para la realización durante 2025 de actuaciones conjuntas de prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 7

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE ENERO DE 2025

Pág. 129

7. De acuerdo con lo establecido en los estatutos de AECOM, la Federación Comisiones Obreras del Hábitat y UGT-FICA, estas entidades tienen como fines la representación y defensa de los intereses comunes de sus asociados o afiliados, de forma que constituyen instancias eficaces y adecuadas para desarrollar las actuaciones previstas en el
presente convenio, puesto que entre los intereses de las empresas de la construcción, compartido con el resto de agentes sociales y de la propia administración, está la reducción de
la siniestralidad en el sector de la construcción.
8. La Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM) es, de acuerdo con lo que se determina en el artículo 87.3 del Estatuto de los Trabajadores, la única organización madrileña del sector de la construcción legitimada para negociar el convenio colectivo de construcción y obras públicas de la Comunidad de Madrid. “Así, el último
convenio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 21 de diciembre de 2023, mediante resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito
y publicación del convenio colectivo del sector de la construcción y obras públicas de la
Comunidad de Madrid, suscrito por la Asociación de Empresas de la Construcción de
Madrid (AECOM) y por la representación sindical CC. OO. del Hábitat de Madrid y UGT
FICA MADRID (Código número 28001055011982)”.
Por otro lado, se ha publicado el VII convenio colectivo general del sector de la construcción, “Boletín Oficial del Estado” de 23 de septiembre de 2023, por resolución de 6 de
septiembre de 2023 de la Dirección General de Trabajo por la que se registra y publica el
convenio indicado. Dicho convenio fue suscrito con fecha 3 de julio de 2023, de una parte,
por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO. del Hábitat y UGT-FICA,
en representación de los trabajadores afectados.
9. Desde el año 2002, la Comunidad de Madrid (a través del IRSST) ha suscrito convenios de carácter anual con la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM), la Federación Comisiones Obreras del Hábitat y la Federación de Industria, Construcción y Agro de la Unión General de Trabajadores (UGT-FICA) para que las actividades
para la mejora de la seguridad y salud en el trabajo en el sector de la construcción, que desarrolla el IRSST, se vean potenciadas por la participación de los agentes sociales más representativos del sector.
En virtud de cuanto antecede, es deseo de las partes suscribir el presente convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente convenio es definir los términos de colaboración y coordinación
entre el IRSST, AECOM, la Federación Comisiones Obreras del Hábitat y UGT-FICA,
para la realización de actuaciones de asesoramiento directo para la mejora de la seguridad
y salud en el trabajo en el sector de la construcción, que se vea fortalecida con la presencia
de los interlocutores sociales y la implicación de los empresarios y trabajadores.
La forma de asesoramiento en conjunto define y justifica esta actuación, en la medida
en que favorece a cada uno de los actores implicados en aras de una mayor protección y mejora de las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo en el ámbito de la Comunidad
de Madrid. Así,
— En primer lugar, favorece a los trabajadores, principales beneficiarios de la actuación, por cuanto al estar presentes los representantes sindicales aumenta su confianza y participación.
— En segundo lugar, la presencia de la asociación empresarial facilita la participación del empresario visitado.
— Finalmente, la propia Administración también se ve favorecida, por cuanto al estar
presentes sindicatos y asociación empresarial, refuerzan el mensaje y se enriquece el asesoramiento al contar con la participación de todas las partes interesadas.

BOCM-20250109-36

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