Madrid (BOCM-20250108-50)
Régimen económico. Alcaldía. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 6

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE ENERO DE 2025

Pág. 361

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Alcaldía
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones dirigidas a la promoción y distribución de largometrajes para las anualidades 2025 y 2026, aprobada por Resolución de 27
de diciembre de 2024 de la Coordinadora General de la Alcaldía.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Documento corriente 2024 A 1020002257 (SUBCO 2024 0000000177).
Primero. Objeto.—Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Coordinación General de la Alcaldía, de subvenciones a otorgar en la anualidad 2025 y 2025, dirigidas a la promoción y distribución de largometrajes, en régimen de concurrencia competitiva.
Conforme a lo previsto en el artículo 18 bis.2 de la Ordenanza de Bases Reguladoras
para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 estas bases regularán tanto la convocatoria ordinaria correspondiente al año 2025 como la convocatoria anticipada de la anualidad 2026.
Segundo. Línea de ayudas y marco temporal.—La convocatoria establece en su base
segunda que el procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en cada una
de las anualidades mediante convocatoria abierta con dos procedimientos de selección sucesivos cada año, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 OBRGS y el artículo 59 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El primero se llevará a cabo entre el 15 de enero y el 15 de julio y el segundo entre
el 15 de junio y el 15 de diciembre del correspondiente año y estarán sujetos a los mismos
criterios de valoración.
Será subvencionable, en cada uno de los períodos de selección, la promoción y distribución nacional e internacional de largometrajes de ficción o documental, de acción real y/o
animación cuyo estreno comercial esté comprendido entre la fecha de presentación de su
solicitud y los 7 meses posteriores a dicha fecha y que, a fecha de publicación de la convocatoria en el BOAM, estén en condiciones de presentar el largometraje finalizado o un
“work in progress”.
Se admitirán largometrajes extranjeros procedentes de países europeos o latinoamericanos, en cuyo caso la obra deberá de tener una antigüedad inferior a dos años desde su estreno comercial en su país de origen hasta la fecha de estreno comercial de la película en
España.
A efectos de esta convocatoria, se entenderá por fecha de estreno comercial de una película en España la fecha de la primera sesión cinematográfica que genere ingresos de taquilla una vez calificada, o bien, la fecha de la primera emisión por un operador de televisión o puesta a disposición en España en el catálogo de una plataforma en línea. Se
considerará como estreno comercial de un largometraje en su país de origen, el contenido
equivalente de este párrafo referido a dicho país.
Tercero. Beneficiarios y requisitos.—Según establece la base cuarta de la convocatoria, podrán ser beneficiarios:
1.o Personas físicas o jurídicas con nacionalidad española o de cualquier estado
miembro de la Unión Europea que tengan su residencia fiscal en la Comunidad de
Madrid con una antigüedad mínima de un año a la fecha de publicación de la pre-

BOCM-20250108-50

Códigos BDNS (Identif.): 805841