C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250107-11)
Disolución Mancomunidad – Orden de 13 de diciembre de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se da por cumplido el trámite previsto relativo a la emisión de informe favorable al acuerdo de disolución de la Mancomunidad de Servicios Meseta del Henares
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BOCM
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 5
Velilla de San Antonio, al que se acompaña certificado de la Secretaría General, de fecha 7
de agosto de 2024, en el que se indica a tenor literal lo siguiente:
«Que en la sesión celebrada en la fecha arriba indicada, 17 de julio de 2024, se adoptó, entre otros, el acuerdo cuyo texto íntegro es el siguiente:
Acordar, si procede, la disolución de la Mancomunidad Meseta del Henares.
Favorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 12, En contra: 0, Abstenciones: 4, Ausentes: 1.
En atención a lo establecido en el artículo. 93 del ROF se comunica el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Portavoces y Asuntos Generales celebrada el 12 de julio de 2024.
El dictamen que se somete al Pleno tiene el siguiente tenor literal:
“Visto el requerimiento efectuado por la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de
Madrid, que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 y 9 del Decreto 6/2017, de 31 de
enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización y funcionamiento del
Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, debe adoptar las medidas necesarias para que en dicho Registro consten de forma correcta y actualizada los datos esenciales de cada entidad local, comunica que la Mancomunidad Meseta del Henares consta inscrita ‘sin actividad’ en el
Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid e inscrita ‘constituida y con actividad’ en el Registro de Entidades Locales del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Visto que se produce una contradicción en los datos inscritos en los Registros de Entidades Locales, a los que se ha hecho referencia.
Visto que el municipio de Velilla de San Antonio consta inscrito como municipio integrante de dicha Mancomunidad en ambos Registros.
Considerando que la Mancomunidad Meseta del Henares de acuerdo con la documentación obrante en este Ayuntamiento, no tiene actividad ni bienes, derechos y cargas que
constituyan su patrimonio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 47.2 g) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 74 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de
Administración Local de la Comunidad de Madrid, 33.2 del Real Decreto 1690/1986, de 11
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, se propone la adopción del siguiente Acuerdo:
Primero
Acordar la disolución de la Mancomunidad Meseta del Henares.
Remitir el presente acuerdo de disolución a la Comunidad de Madrid para que emita
Informe de legalidad”.
Y para que conste, a los efectos oportunos, se emite la presente certificación con el
Visto Bueno de la Alcaldía-Presidencia».
Con fecha 11 de septiembre de 2024, ha tenido entrada en el Registro auxiliar de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, NRE 43-210594-9, escrito del Ayuntamiento
de Ambite, al que se acompaña certificado de la Secretaría General, de fecha 5 de septiembre de 2024, en el que se indica a tenor literal lo siguiente:
«Que el Pleno de la Corporación reunida en sesión ordinaria de fecha 4 de septiembre
de 2024, por unanimidad de los presentes que constituyen la mayoría absoluta del número
legal de miembros que integran la Corporación, entre otros se adoptó el siguiente Acuerdo
del tenor literal siguiente:
“Visto el requerimiento efectuado por la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de
Madrid, que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 y 9 del Decreto 6/2017, de 31 de
enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización y funcionamiento del
Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, debe adoptar las medidas necesarias para que en dicho Registro consten de forma correcta y actualizada los datos esenciales de cada entidad local, co-
BOCM-20250107-11
Segundo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 5
Velilla de San Antonio, al que se acompaña certificado de la Secretaría General, de fecha 7
de agosto de 2024, en el que se indica a tenor literal lo siguiente:
«Que en la sesión celebrada en la fecha arriba indicada, 17 de julio de 2024, se adoptó, entre otros, el acuerdo cuyo texto íntegro es el siguiente:
Acordar, si procede, la disolución de la Mancomunidad Meseta del Henares.
Favorable Tipo de votación: Ordinaria A favor: 12, En contra: 0, Abstenciones: 4, Ausentes: 1.
En atención a lo establecido en el artículo. 93 del ROF se comunica el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Portavoces y Asuntos Generales celebrada el 12 de julio de 2024.
El dictamen que se somete al Pleno tiene el siguiente tenor literal:
“Visto el requerimiento efectuado por la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de
Madrid, que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 y 9 del Decreto 6/2017, de 31 de
enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización y funcionamiento del
Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, debe adoptar las medidas necesarias para que en dicho Registro consten de forma correcta y actualizada los datos esenciales de cada entidad local, comunica que la Mancomunidad Meseta del Henares consta inscrita ‘sin actividad’ en el
Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid e inscrita ‘constituida y con actividad’ en el Registro de Entidades Locales del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Visto que se produce una contradicción en los datos inscritos en los Registros de Entidades Locales, a los que se ha hecho referencia.
Visto que el municipio de Velilla de San Antonio consta inscrito como municipio integrante de dicha Mancomunidad en ambos Registros.
Considerando que la Mancomunidad Meseta del Henares de acuerdo con la documentación obrante en este Ayuntamiento, no tiene actividad ni bienes, derechos y cargas que
constituyan su patrimonio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 47.2 g) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 74 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de
Administración Local de la Comunidad de Madrid, 33.2 del Real Decreto 1690/1986, de 11
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, se propone la adopción del siguiente Acuerdo:
Primero
Acordar la disolución de la Mancomunidad Meseta del Henares.
Remitir el presente acuerdo de disolución a la Comunidad de Madrid para que emita
Informe de legalidad”.
Y para que conste, a los efectos oportunos, se emite la presente certificación con el
Visto Bueno de la Alcaldía-Presidencia».
Con fecha 11 de septiembre de 2024, ha tenido entrada en el Registro auxiliar de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, NRE 43-210594-9, escrito del Ayuntamiento
de Ambite, al que se acompaña certificado de la Secretaría General, de fecha 5 de septiembre de 2024, en el que se indica a tenor literal lo siguiente:
«Que el Pleno de la Corporación reunida en sesión ordinaria de fecha 4 de septiembre
de 2024, por unanimidad de los presentes que constituyen la mayoría absoluta del número
legal de miembros que integran la Corporación, entre otros se adoptó el siguiente Acuerdo
del tenor literal siguiente:
“Visto el requerimiento efectuado por la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de
Madrid, que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 y 9 del Decreto 6/2017, de 31 de
enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización y funcionamiento del
Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, debe adoptar las medidas necesarias para que en dicho Registro consten de forma correcta y actualizada los datos esenciales de cada entidad local, co-
BOCM-20250107-11
Segundo