D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250107-48)
Convenio – Convenio de 28 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Paralímpico Español para la colaboración en la realización del proyecto “Relevo Paralímpico”
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 180
MARTES 7 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 5
Cuarta
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, como colaboradora en la organización del proyecto, se obliga
a realizar las siguientes actuaciones:
a) Favorecer los contactos con los centros de educación especial de la Comunidad de
Madrid, las federaciones y clubes deportivos madrileños.
b) Impulsar la divulgación del proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales con los que difunde su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución
del proyecto en los eventos a efectuar, no podrán ser exhibidas, publicadas o utilizadas pública o privadamente, a excepción de aquellas que hubieren sido autorizadas por las partes firmantes.
c) Facilitar, en la medida de lo posible, el uso de instalaciones propias que sean necesarias para la realización de actividades relacionadas con el proyecto, para lo cual
el CPE deberá solicitarlo con al menos un mes de antelación.
d) Realizar las acciones de coordinación que sean necesarias con las Consejerías de
Educación, Ciencia y Universidades, de Sanidad y de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
e) Facilitar, en su caso, al CPE material divulgativo de los programas deportivos que
la Comunidad de Madrid realiza en relación con la población con discapacidad, en
particular, de los programas “Activa tu capacidad” y “Madrid Comunidad Inclusiva”, así como de cualesquiera otras actividades que se desarrollen en relación
con dicho colectivo.
Quinta
Aportación económica de la Comunidad de Madrid
Por tratarse de un proyecto destinado a fomentar el deporte paralímpico de competición, de interés público deportivo, la Comunidad de Madrid abonará al CPE un importe
máximo de 40.755 euros, IVA y cualquier otro gasto e impuestos incluidos, que se imputará al subconcepto 22802 “Convenios con Instituciones sin Fines de Lucro”, del Programa 336A del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid, y condicionado a la efectiva realización del objeto del presente convenio.
Esta cantidad máxima se corresponde con los siguientes conceptos de gasto, pudiendo
sufragar cualquiera de los gastos correspondientes a las obligaciones que asume el CPE directamente relacionados con el desarrollo del programa, y que se desglosan a continuación,
junto a sus importes estimados:
IMPORTE
(IVA INCLUIDO)
CONCEPTO
Coordinador.
19.365 €
Honorarios del equipo pluridisciplinar.
12.500 €
Material de difusión.
1.000 €
Transporte.
3.390 €
Material deportivo jornadas de detección.
1.000 €
3.500 €
TOTAL
40.755 €
Por lo que se refiere a los honorarios del equipo pluridisciplinar, solo se incluirán gastos correspondientes a los honorarios de los entrenadores de los grupos a que se refiere la
letra a) de la estipulación tercera de este convenio, hasta el importe máximo indicado para
este concepto, en el que se incluirán también los honorarios del fisioterapeuta. La contratación de servicios de dichos entrenadores requerirá, en todo caso, la previa conformidad de
la Comunidad de Madrid.
La cantidad máxima prevista se destinará a abonar los gastos de los conceptos anteriormente señalados. Pero, dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo del proyecto existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre las cantidades
previstas inicialmente para cada apartado, derivadas de circunstancias imprevistas o de la
necesidad sobrevenida de material u otros gastos indispensables para el adecuado desarrollo del mismo, la distribución de los gastos a realizar por el CPE será flexible en el marco
BOCM-20250107-48
Profesorado charlas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 180
MARTES 7 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 5
Cuarta
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, como colaboradora en la organización del proyecto, se obliga
a realizar las siguientes actuaciones:
a) Favorecer los contactos con los centros de educación especial de la Comunidad de
Madrid, las federaciones y clubes deportivos madrileños.
b) Impulsar la divulgación del proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales con los que difunde su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución
del proyecto en los eventos a efectuar, no podrán ser exhibidas, publicadas o utilizadas pública o privadamente, a excepción de aquellas que hubieren sido autorizadas por las partes firmantes.
c) Facilitar, en la medida de lo posible, el uso de instalaciones propias que sean necesarias para la realización de actividades relacionadas con el proyecto, para lo cual
el CPE deberá solicitarlo con al menos un mes de antelación.
d) Realizar las acciones de coordinación que sean necesarias con las Consejerías de
Educación, Ciencia y Universidades, de Sanidad y de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
e) Facilitar, en su caso, al CPE material divulgativo de los programas deportivos que
la Comunidad de Madrid realiza en relación con la población con discapacidad, en
particular, de los programas “Activa tu capacidad” y “Madrid Comunidad Inclusiva”, así como de cualesquiera otras actividades que se desarrollen en relación
con dicho colectivo.
Quinta
Aportación económica de la Comunidad de Madrid
Por tratarse de un proyecto destinado a fomentar el deporte paralímpico de competición, de interés público deportivo, la Comunidad de Madrid abonará al CPE un importe
máximo de 40.755 euros, IVA y cualquier otro gasto e impuestos incluidos, que se imputará al subconcepto 22802 “Convenios con Instituciones sin Fines de Lucro”, del Programa 336A del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid, y condicionado a la efectiva realización del objeto del presente convenio.
Esta cantidad máxima se corresponde con los siguientes conceptos de gasto, pudiendo
sufragar cualquiera de los gastos correspondientes a las obligaciones que asume el CPE directamente relacionados con el desarrollo del programa, y que se desglosan a continuación,
junto a sus importes estimados:
IMPORTE
(IVA INCLUIDO)
CONCEPTO
Coordinador.
19.365 €
Honorarios del equipo pluridisciplinar.
12.500 €
Material de difusión.
1.000 €
Transporte.
3.390 €
Material deportivo jornadas de detección.
1.000 €
3.500 €
TOTAL
40.755 €
Por lo que se refiere a los honorarios del equipo pluridisciplinar, solo se incluirán gastos correspondientes a los honorarios de los entrenadores de los grupos a que se refiere la
letra a) de la estipulación tercera de este convenio, hasta el importe máximo indicado para
este concepto, en el que se incluirán también los honorarios del fisioterapeuta. La contratación de servicios de dichos entrenadores requerirá, en todo caso, la previa conformidad de
la Comunidad de Madrid.
La cantidad máxima prevista se destinará a abonar los gastos de los conceptos anteriormente señalados. Pero, dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo del proyecto existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre las cantidades
previstas inicialmente para cada apartado, derivadas de circunstancias imprevistas o de la
necesidad sobrevenida de material u otros gastos indispensables para el adecuado desarrollo del mismo, la distribución de los gastos a realizar por el CPE será flexible en el marco
BOCM-20250107-48
Profesorado charlas.