Madrid (BOCM-20241231-18)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza fiscal tasa residuos
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BOCM
Pág. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 311
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
18
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 308, de 27 de diciembre de 2024, se publica anuncio con número de inserción 03/21.440/24, referente a la
aprobación de la imposición de la Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos
de competencia municipal; habiéndose detectado error material se procede a su correcta publicación:
ANEXO
ORDENANZA 8/2024 de 23 diciembre FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE COMPETENCIA
MUNICIPAL
PREÁMBULO
El artículo 15 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, establece que las corporaciones locales
«…deberán acordar la imposición y supresión de sus tributos propios, y aprobar las
correspondientes ordenanzas fiscales reguladoras de estos».
Por su parte, el artículo 15.2.1 de los Estatutos de la Agencia Tributaria Madrid, aprobados por
Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2008, establece, en sus
letras b) y c), que corresponde a la directora del organismo autónomo en el ámbito de la
ordenación de los tributos «El estudio y análisis de la normativa estatal en materia de tributos
municipales y financiación local, así como la elaboración de propuestas de modificación» y «La
elaboración del Proyecto de Ordenanzas Fiscales y de Precios Públicos y de cualquier otra
norma en materia tributaria, correspondiendo al titular del Área competente en materia de
Hacienda proponer a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid su aprobación».
BOCM-20241231-18
El artículo 11 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular, establece, en su apartado 3, que «En el caso de los costes de gestión de
los residuos de competencia local, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley
reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, las entidades locales establecerán, en el plazo de tres años a contar desde la entrada
en vigor de esta ley, una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 311
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
18
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 308, de 27 de diciembre de 2024, se publica anuncio con número de inserción 03/21.440/24, referente a la
aprobación de la imposición de la Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos
de competencia municipal; habiéndose detectado error material se procede a su correcta publicación:
ANEXO
ORDENANZA 8/2024 de 23 diciembre FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE COMPETENCIA
MUNICIPAL
PREÁMBULO
El artículo 15 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, establece que las corporaciones locales
«…deberán acordar la imposición y supresión de sus tributos propios, y aprobar las
correspondientes ordenanzas fiscales reguladoras de estos».
Por su parte, el artículo 15.2.1 de los Estatutos de la Agencia Tributaria Madrid, aprobados por
Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2008, establece, en sus
letras b) y c), que corresponde a la directora del organismo autónomo en el ámbito de la
ordenación de los tributos «El estudio y análisis de la normativa estatal en materia de tributos
municipales y financiación local, así como la elaboración de propuestas de modificación» y «La
elaboración del Proyecto de Ordenanzas Fiscales y de Precios Públicos y de cualquier otra
norma en materia tributaria, correspondiendo al titular del Área competente en materia de
Hacienda proponer a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid su aprobación».
BOCM-20241231-18
El artículo 11 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular, establece, en su apartado 3, que «En el caso de los costes de gestión de
los residuos de competencia local, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley
reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, las entidades locales establecerán, en el plazo de tres años a contar desde la entrada
en vigor de esta ley, una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no