C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241231-14)
Estrategia seguridad integral – Orden 5150/2024, de 23 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la Estrategia de Seguridad Integral en la Comunidad de Madrid para el año 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 161
Medida número 4: impulsar la formación especializada, transversal y descentralizada
de los Cuerpos de policía local de la región, basados en perfiles de competencias para las
distintas categorías de policía local e itinerarios formativos de especialización
1. Objetivo:
El objetivo de esta medida es la excelencia en la formación en materia de seguridad y
emergencias para transmitir los conocimientos, habilidades y valores esenciales para mejorar el ejercicio de las funciones y competencias del personal de seguridad y posibilitar una
mejora de la coordinación con el personal de emergencias.
Para ello, se impulsará la formación especializada y descentralizada de los Cuerpos de policía local de la región, basados en perfiles de competencias para las distintas categorías e itinerarios formativos de especialización, contemplando, del mismo modo, la transversalidad y
coordinación de todo el personal de seguridad y emergencias de la Comunidad de Madrid.
Con el desarrollo de esta medida se pretende concienciar de la necesidad de formación,
como instrumento de mejora y desarrollo permanente, donde el respeto a la persona, así
como los valores éticos y principios deontológicos por los que se rige el desempeño de las
funciones del personal de seguridad y emergencias, sean punto de referencia de toda acción
formativa logrando así un desarrollo integral.
Para conseguir el objetivo enunciado, se diseñarán y ejecutarán actuaciones formativas innovadoras, basadas, tanto en las competencias definidas para cada una de las categorías profesionales, como en la especialización mediante itinerarios formativos, que garantizará el cumplimiento de las obligaciones contraídas por la Comunidad de Madrid en la
normativa vigente, en particular la relativas a la formación de policía local establecidas en
la Ley 1/2018, de 22 de febrero, y en el Decreto 210/2021, de 15 de septiembre.
De la misma manera, se potenciará la formación transversal de los diferentes cuerpos
de seguridad y servicios de emergencias de la Comunidad de Madrid.
2. Alcance:
2.1. Destinatarios: funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos de policía local
de la región.
2.2. Presupuesto: la medida en sí misma no tiene gasto asignado, ya que el desarrollo de las actuaciones concretas se llevará a cabo con el presupuesto asignado en la anualidad para la formación de seguridad y emergencias del programa presupuestario 132A “Seguridad” y con el personal propio de la ASEM112.
3. Desarrollo:
El desarrollo de la medida se llevará a cabo de conformidad con las siguientes líneas
estratégicas de actuación:
1. Organización y estructura. Desarrollar la estructura administrativa y docente, así
como dotar de los recursos humanos necesarios al IFISE, como organismo responsable de
la implementación la medida definida en la presente estrategia.
2. Mejora de instalaciones e innovación tecnológica, con la finalidad de dotar de los
medios materiales e instalaciones adecuados y aplicar la tecnología más avanzada para mejorar el aprendizaje en la materia.
3. Mejora de la formación en seguridad y emergencias. Adecuar la formación impartida a las demandas de la sociedad y las necesidades de los profesionales de seguridad y
emergencias, a través de:
— El conocimiento y análisis permanente de la realidad en materia de seguridad y
emergencias en la Comunidad de Madrid.
BOCM-20241231-14
Se constituirá a tal fin un grupo de trabajo en el que se estudie y valore la implantación
de nuevos sistemas de comunicación digital que puedan, en su caso, mejorar, complementar o sustituir al sistema TETRA.
2. Alcance:
2.1. Beneficiarios: serán sus potenciales beneficiarios todos los Cuerpos de policía
local de los ayuntamientos integrados, aparte de los servicios de seguridad y emergencias.
2.2. Presupuesto: la financiación de esta medida se realizará con cargo al programa
presupuestario de la Dirección General de Protección Civil.
3. Desarrollo:
Se elaborará un procedimiento para la distribución y mantenimiento de terminales para
el servicio ordinario, y otro para atender las peticiones extraordinarias.
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 161
Medida número 4: impulsar la formación especializada, transversal y descentralizada
de los Cuerpos de policía local de la región, basados en perfiles de competencias para las
distintas categorías de policía local e itinerarios formativos de especialización
1. Objetivo:
El objetivo de esta medida es la excelencia en la formación en materia de seguridad y
emergencias para transmitir los conocimientos, habilidades y valores esenciales para mejorar el ejercicio de las funciones y competencias del personal de seguridad y posibilitar una
mejora de la coordinación con el personal de emergencias.
Para ello, se impulsará la formación especializada y descentralizada de los Cuerpos de policía local de la región, basados en perfiles de competencias para las distintas categorías e itinerarios formativos de especialización, contemplando, del mismo modo, la transversalidad y
coordinación de todo el personal de seguridad y emergencias de la Comunidad de Madrid.
Con el desarrollo de esta medida se pretende concienciar de la necesidad de formación,
como instrumento de mejora y desarrollo permanente, donde el respeto a la persona, así
como los valores éticos y principios deontológicos por los que se rige el desempeño de las
funciones del personal de seguridad y emergencias, sean punto de referencia de toda acción
formativa logrando así un desarrollo integral.
Para conseguir el objetivo enunciado, se diseñarán y ejecutarán actuaciones formativas innovadoras, basadas, tanto en las competencias definidas para cada una de las categorías profesionales, como en la especialización mediante itinerarios formativos, que garantizará el cumplimiento de las obligaciones contraídas por la Comunidad de Madrid en la
normativa vigente, en particular la relativas a la formación de policía local establecidas en
la Ley 1/2018, de 22 de febrero, y en el Decreto 210/2021, de 15 de septiembre.
De la misma manera, se potenciará la formación transversal de los diferentes cuerpos
de seguridad y servicios de emergencias de la Comunidad de Madrid.
2. Alcance:
2.1. Destinatarios: funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos de policía local
de la región.
2.2. Presupuesto: la medida en sí misma no tiene gasto asignado, ya que el desarrollo de las actuaciones concretas se llevará a cabo con el presupuesto asignado en la anualidad para la formación de seguridad y emergencias del programa presupuestario 132A “Seguridad” y con el personal propio de la ASEM112.
3. Desarrollo:
El desarrollo de la medida se llevará a cabo de conformidad con las siguientes líneas
estratégicas de actuación:
1. Organización y estructura. Desarrollar la estructura administrativa y docente, así
como dotar de los recursos humanos necesarios al IFISE, como organismo responsable de
la implementación la medida definida en la presente estrategia.
2. Mejora de instalaciones e innovación tecnológica, con la finalidad de dotar de los
medios materiales e instalaciones adecuados y aplicar la tecnología más avanzada para mejorar el aprendizaje en la materia.
3. Mejora de la formación en seguridad y emergencias. Adecuar la formación impartida a las demandas de la sociedad y las necesidades de los profesionales de seguridad y
emergencias, a través de:
— El conocimiento y análisis permanente de la realidad en materia de seguridad y
emergencias en la Comunidad de Madrid.
BOCM-20241231-14
Se constituirá a tal fin un grupo de trabajo en el que se estudie y valore la implantación
de nuevos sistemas de comunicación digital que puedan, en su caso, mejorar, complementar o sustituir al sistema TETRA.
2. Alcance:
2.1. Beneficiarios: serán sus potenciales beneficiarios todos los Cuerpos de policía
local de los ayuntamientos integrados, aparte de los servicios de seguridad y emergencias.
2.2. Presupuesto: la financiación de esta medida se realizará con cargo al programa
presupuestario de la Dirección General de Protección Civil.
3. Desarrollo:
Se elaborará un procedimiento para la distribución y mantenimiento de terminales para
el servicio ordinario, y otro para atender las peticiones extraordinarias.