D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241231-17)
Convenio –  Convenio de 9 de diciembre de 2024, de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, y Avalmadrid, Sociedad de Garantía Recíproca, para contribuir a la sostenibilidad de los Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 170

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 311

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
17

CONVENIO de 9 de diciembre de 2024, de colaboración entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, y Avalmadrid, Sociedad de Garantía Recíproca, para contribuir a
la sostenibilidad de los Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.
REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Empleo, D. Daniel Rodríguez
Asensio, en virtud de su nombramiento mediante Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de
Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio de 2023), en el ejercicio de las competencias que le confiere el resuelvo primero, apartado 1, letra d), punto 4.o, de
la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que
se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones, así como en virtud del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid (en adelante, Decreto
48/2019), y el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, con domicilio a estos efectos en Madrid, calle Ramírez de Prado, número 5, bis.
De otra parte, D. Jesús Lorenzo Alonso Felipe y D.a María del Mar Escudero de Madariaga, actuando de forma mancomunada en nombre y representación de Avalmadrid, Sociedad de Garantía Recíproca (en adelante, “Avalmadrid”), con domicilio a estos efectos en
Madrid, Avda. de los Toreros, n.o 3, y CIF V-28737526, inscrita en el Registro Mercantil
de Madrid, con poderes de representación otorgados mediante escritura de apoderamiento
de 30 de enero de 2023, autorizada por el Notario Don José Luis Martínez-Gil Calero, con
el número 186 de su protocolo.
Los anteriormente citados actúan en nombre y representación de las entidades respectivas, reconociéndose la capacidad jurídica y de obrar necesaria para la celebración del presente convenio.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 28.1.12 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25
de febrero, de Estatuto de Autonomía, corresponde a la Comunidad de Madrid la competencia para la ejecución de la legislación del Estado en materia laboral.
La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, en su artículo 7 establece que corresponde a las comunidades autónomas en su ámbito territorial el desarrollo de la política de empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral de los programas y medidas que le hayan sido transferidos.
De acuerdo con el artículo 54 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, los servicios de empleo procurarán, prioritariamente, el acceso de las personas con discapacidad al
empleo ordinario, el mantenimiento del empleo, la mejora de su empleabilidad a lo largo de
su ciclo laboral y su desarrollo profesional, así como la sostenibilidad del empleo protegido.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 del Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión laboral, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, los centros especiales de empleo tienen
como finalidad el asegurar un empleo remunerado para las personas con discapacidad; a la
vez que son un medio de inclusión del mayor número de estas personas en el régimen de
empleo ordinario.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que
las Administraciones Públicas, en sus relaciones, se rigen por los principios de cooperación
y colaboración y, en su actuación por los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos.
De conformidad con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda

BOCM-20241231-17

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