C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241230-22)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para el año 2025, para la financiación de programas de formación con compromiso de contratación, dirigidos a trabajadores jóvenes desempleados sin estudios o de baja cualificación menores de 30 años, para la obtención de la cualificación inicial ordinaria de conductores para el transporte de mercancías (CAP) junto con permiso de conducción de clase C
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 310

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 1153

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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EXTRACTO de la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por
la que se convocan subvenciones para el año 2025, para la financiación de programas de formación con compromiso de contratación, dirigidos a trabajadores
jóvenes desempleados sin estudios o de baja cualificación menores de 30 años,
para la obtención de la cualificación inicial ordinaria de conductores para el
transporte de mercancías (CAP) junto con permiso de conducción de clase C.
BDNS: 804712

De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans y en la página http://www.comunidad.madrid .

Segundo
Objeto
Convocar subvención, para el año 2025, para la financiación de programas de formación dirigidos a los trabajadores jóvenes desempleados sin estudios o de baja cualificación
menores de 30 años, preferentemente jóvenes menores de 24 años, para la obtención de la
cualificación inicial ordinaria de conductores para el transporte de mercancías (CAP) junto con permiso de conducción de clase C.
Tercero
Bases reguladoras
Están contenidas en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla
el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de

BOCM-20241230-22

Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
a. Las entidades de formación públicas o privadas, inscritas en el correspondiente
Registro de Entidades de Formación, y con presencia en la Comunidad de Madrid,
debiendo disponer en dicho ámbito de instalaciones debidamente inscritas que
permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre,
que expresamente asuman por sí mismas o mediante acuerdos o convenios con
otras empresas el compromiso firme de contratación de las personas que finalicen
la formación, en el porcentaje, la forma y condiciones determinadas en esta convocatoria.
b. Las empresas titulares de centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid,
que expresamente asuman el compromiso firme de contratación de las personas que
finalicen la formación, en el porcentaje, la forma y condiciones determinadas en esta
convocatoria y que subcontraten la formación con entidades de formación inscritas.
c. Las empresas titulares de centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid,
que expresamente asuman el compromiso firme de contratación de las personas
que finalicen la formación, en el porcentaje, la forma y condiciones determinadas
en esta convocatoria y que se encuentren inscritas en el correspondiente Registro
de Entidades de Formación, y con presencia en la Comunidad de Madrid, debiendo disponer en dicho ámbito de instalaciones debidamente inscritas que permitan
la impartición de la especialidad formativa solicitada, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, asumiendo dicha impartición por sí mismas.