B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241227-16)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área D) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 218

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 308

2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en las
letras A) y B), a no ser que la persona interesada se opusiera expresamente a la consulta de
datos por medios electrónicos, cumplimentando a tal efecto el correspondiente apartado habilitado en el punto 7 del modelo de “Elección de plaza y presentación de documentación
acreditativa para la adquisición de la condición de personal laboral fijo de la Comunidad de
Madrid en la categoría profesional de Técnico Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área D)”.
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio
a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando la persona aspirante
hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación comprendida en la letra B).
3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada cumplimentando el modelo de impreso normalizado de solicitud que se encontrará disponible en
el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la
Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebasselectivas-tecnico-auxiliar y adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que
hubiera de aportarse.
Asimismo, dicho trámite estará enlazado en la página web del proceso selectivo accesible
desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-auxiliar-area-d-estabilizacion
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”.
3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada cumplimentando el modelo de impreso normalizado de solicitud que se encontrará disponible en
el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la
Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebasselectivas-tecnico-auxiliar y adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que
hubiera de aportarse.
Asimismo, dicho trámite estará enlazado en la página web del proceso selectivo accesible
desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-auxiliar-area-d-estabilizacion .
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro
Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados
Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores
de servicios de certificación”.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado noveno de la base decimocuarta de la
Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las
convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la
Administración de la Comunidad de Madrid, en el caso de las personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza
mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de
referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen
de alguno de los mismos, no procederá efectuar adjudicación de destino alguno respecto de
dichos aspirantes, no pudiendo, por lo tanto, ser contratados, todo ello sin perjuicio de la
responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud
de participación o en la documentación presentada.
Cuarto
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de participación por las personas aspirantes aprobadas a la vista de la documentación presentada por las mismas, y resultando, en todo caso, vinculante la petición de destinos que hubieran formulado aquellos, la
Dirección General de Función Pública procederá a hacer pública la adjudicación de desti-

BOCM-20241227-16

Tercero