Madrid (BOCM-20241227-58)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza fiscal tasa residuos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 308

VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 361

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 23 de diciembre de 2024, por el que se aprueba la imposición
de la Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia municipal y la
Ordenanza Fiscal 8/2024, de 23 de diciembre, Fiscal reguladora de la misma.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (13/2024), extraordinaria celebrada el día 23 de
diciembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar, con efectos de 1 de enero de 2025, la imposición de la Tasa por
prestación del servicio de gestión de residuos de competencia municipal.
Segundo.—Aprobar la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación del
servicio de gestión de residuos de competencia municipal, que figura como anexo.
Tercero.—Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica,
para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que,
en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en
derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
ZONA HOMOGÉNEA

DISTRITO

1

Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín y Chamberí

2

Fuencarral, Moncloa-Aravaca y Hortaleza

3

Usera, Moratalaz, Vicálvaro, San Blas y Barajas

4

Tetuán, Latina, Carabanchel, Puente de Vallecas, Villa de Vallecas y Ciudad Lineal

5

Villaverde

6

Centro

ANEXO
ORDENANZA FISCAL 8/2024, DE 23 DE DICIEMBRE, REGULADORA
DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN
DE RESIDUOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL

El artículo 15 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, establece que las corporaciones
locales “… deberán acordar la imposición y supresión de sus tributos propios, y aprobar las
correspondientes ordenanzas fiscales reguladoras de estos”.
Por su parte, el artículo 15.2.1 de los Estatutos de la Agencia Tributaria Madrid, aprobados por Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2008, establece, en sus letras b) y c), que corresponde a la directora del organismo autónomo en el
ámbito de la ordenación de los tributos “El estudio y análisis de la normativa estatal en materia de tributos municipales y financiación local, así como la elaboración de propuestas de

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