C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241227-37)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 2178/2024, de 13 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para los años 2025, 2026 y 2027
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 293

SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN
PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES DEL RIÑÓN (ALCER),
INSTRUMENTADA EN CONVENIO DE COLABORACIÓN, DESTINADA
A LA COORDINACIÓN DE LAS NECESIDADES DE TRANSPORTE SANITARIO
TERRESTRE NO URGENTES DE PACIENTES EN HEMODIÁLISIS A CARGO
DEL SISTEMA SANITARIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
a. Sector al que se dirige la ayuda.
Pacientes con enfermedad renal y necesidades de transporte sanitario terrestre no
urgente para su tratamiento en unidades de hemodiálisis a cargo del sistema sanitario de la Comunidad de Madrid.
b. Objetivo al que se vincula la ayuda.
Coordinación de las necesidades de transporte sanitario no urgente de pacientes en
hemodiálisis que reciben tratamiento en los centros dependientes del SERMAS.
La Comunidad de Madrid presenta unas peculiaridades específicas en este tipo de
medicación, tanto por el volumen de personas que la reciben como por el número
de procedimientos de diálisis preceptivos, que suman seis traslados semanales en
días alternos entre su domicilio y el centro que les trata.
En consecuencia, esta línea de subvención promueve la consecución del objetivo
primero del plan, cubriendo el traslado de estos pacientes a un hospital público
para recibir tratamiento de diálisis.
c. Plazo de consecución.
Dada su naturaleza, el objetivo se va alcanzando de forma continuada, por lo que
las ayudas se proyectan para todo el plan estratégico.
d. Costes previstos y su financiación.
Se prevé un importe global máximo anual de 216.108,00 euros, 648.324,00 euros
para todo el plan.
Se vincula cada concesión a un ejercicio presupuestario, mediante suscripción de
un convenio específico anual, por tanto, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Programa 313C, subconcepto 48029 del centro
gestor 171188401 SUMMA-112, de los sucesivos Presupuesto Generales de la
Comunidad de Madrid.
No se prevén otros fondos financiadores que no sean los propios de la Comunidad
de Madrid.
e. Indicadores. Los indicadores para el seguimiento y evaluación establecidos son:
— Número de actuaciones llevadas a cabo en el periodo de ejecución del convenio.
— Número de personas atendidas en el periodo de ejecución del convenio.

BOCM-20241227-37

dito adecuado y suficiente en el Programa 313B, subconcepto 48162 del centro
gestor 170120000, de los sucesivos Presupuesto Generales de la Comunidad de
Madrid.
No se prevén otros fondos financiadores que no sean los propios de la Comunidad
de Madrid.
e. Indicadores. Los indicadores para el seguimiento y evaluación establecidos son:
— Número de actuaciones llevadas a cabo en el periodo de ejecución del convenio.
— Número de personas atendidas en el periodo de ejecución del convenio.
— Porcentaje de satisfacción de las personas atendidas durante el periodo de ejecución del convenio.
f. Plan de acción.
Órgano instructor: Dirección General de Salud Pública.
Su concesión se articula en régimen de concesión directa mediante la suscripción
anual de convenio específico con la Fundación de Ayuda contra la Drogadicción
(FAD).
Esta fundación acreditada entre sus fines propios este tipo de actividades, por lo
que existen razones de interés sanitario que justifican su concesión directa sin que
se menoscabe los principios de igualdad y objetividad.
g. Evaluación de la línea de ayuda en planes estratégicos anteriores.
Línea de nueva implantación y, por tanto, no hay datos para su evaluación en planes estratégicos anteriores.