C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241227-36)
Instrucciones centros educativos – Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, por la que se da publicidad a los protocolos de actuación ante cualquier tipo de violencia en los centros educativos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 281
materia de educación publicará protocolos para la actuación de los centros en los casos de
acoso escolar o de conductas que afecten al bienestar emocional del alumnado, que deberán ser aplicados por los centros educativos de la Comunidad de Madrid y comunicados en
el momento de su apertura a la Unidad de convivencia y contra el acoso escolar. Esta misma norma habilita al titular de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa a resolver cuantas cuestiones surjan de su aplicación, procediendo, si fuera preciso, a adoptar
las instrucciones necesarias para su aplicación y cumplimiento.
La Comunidad de Madrid ha mostrado un compromiso con la prevención y erradicación de los conflictos violentos en los centros educativos, para lo que, entre otras medidas,
ha ido estableciendo protocolos de actuación ante diferentes situaciones de acoso o violencia. La experiencia en su aplicación aconseja dar publicidad a los nuevos protocolos, diseñados de acuerdo con las novedades normativas y con las necesidades detectadas en su
puesta en práctica.
Por todo cuanto antecede y en aplicación de las disposiciones normativas citadas,
RESUELVO
Primero
Dar publicidad a los protocolos de actuación en los centros educativos ante cualquier
tipo de violencia, elaborados por la Subdirección General de Inspección Educativa, que estarán accesibles en la siguiente página web:
https://www.educa2.madrid.org/web/convivencia/protocolos
Segundo
Todos los protocolos de actuación, así como las pautas para su aplicación, estarán permanentemente actualizados en dicha página web.
Tercero
El desarrollo de las actuaciones de los centros educativos ante cualquier tipo de violencia se guiará por los protocolos recogidos en el apartado primero de esta resolución.
Cuarto
Queda sin efecto la Resolución de 4 de octubre de 2022, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones a los centros educativos para la
aplicación de protocolos de actuación ante cualquier tipo de violencia.
Quinto
BOCM-20241227-36
Esta resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 26 de noviembre de 2024.—El Viceconsejero de Política y Organización
Educativa, José Carlos Fernández Borreguero.
(03/20.727/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 281
materia de educación publicará protocolos para la actuación de los centros en los casos de
acoso escolar o de conductas que afecten al bienestar emocional del alumnado, que deberán ser aplicados por los centros educativos de la Comunidad de Madrid y comunicados en
el momento de su apertura a la Unidad de convivencia y contra el acoso escolar. Esta misma norma habilita al titular de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa a resolver cuantas cuestiones surjan de su aplicación, procediendo, si fuera preciso, a adoptar
las instrucciones necesarias para su aplicación y cumplimiento.
La Comunidad de Madrid ha mostrado un compromiso con la prevención y erradicación de los conflictos violentos en los centros educativos, para lo que, entre otras medidas,
ha ido estableciendo protocolos de actuación ante diferentes situaciones de acoso o violencia. La experiencia en su aplicación aconseja dar publicidad a los nuevos protocolos, diseñados de acuerdo con las novedades normativas y con las necesidades detectadas en su
puesta en práctica.
Por todo cuanto antecede y en aplicación de las disposiciones normativas citadas,
RESUELVO
Primero
Dar publicidad a los protocolos de actuación en los centros educativos ante cualquier
tipo de violencia, elaborados por la Subdirección General de Inspección Educativa, que estarán accesibles en la siguiente página web:
https://www.educa2.madrid.org/web/convivencia/protocolos
Segundo
Todos los protocolos de actuación, así como las pautas para su aplicación, estarán permanentemente actualizados en dicha página web.
Tercero
El desarrollo de las actuaciones de los centros educativos ante cualquier tipo de violencia se guiará por los protocolos recogidos en el apartado primero de esta resolución.
Cuarto
Queda sin efecto la Resolución de 4 de octubre de 2022, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones a los centros educativos para la
aplicación de protocolos de actuación ante cualquier tipo de violencia.
Quinto
BOCM-20241227-36
Esta resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 26 de noviembre de 2024.—El Viceconsejero de Política y Organización
Educativa, José Carlos Fernández Borreguero.
(03/20.727/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791