C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES - Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (BOCM-20241227-39)
Encomienda de gestión –  Encomienda de gestión de 12 de diciembre de 2024, de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de las tareas derivadas de la atención a las personas apoyadas que contacten telefónicamente con la Agencia
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 308

la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia
de la presente encomienda de gestión.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia de la presente encomienda de gestión y una vez terminado este.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de confidencialidad, y las
limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de esta encomienda de
gestión, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos de la presente encomienda de gestión queda sometido a la
normativa anteriormente citada, así como a la vigente en cada momento, en los términos
dispuestos en el Anexo de la presente encomienda de gestión.
Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios
gestionar para llevar a buen fin la presente Encomienda de gestión, que sus datos serán tratados conforme la normativa vigente por la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad en la actividad de tratamiento “Convenios Administrativos”.
Para ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
mediante una solicitud firmada, presentada ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección de datos en protecciondatos-psociales@madrid.org . Los firmantes pueden consultar la información referida al deber de información de protección de
datos personales en el anexo correspondiente.”
Séptimo
Publicación
Publicar la presente encomienda en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
En Madrid, a 12 de diciembre de 2024.—La Directora de la Agencia Madrileña para
el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad, Encarnación Rivero Flor.—El Director
General de Servicios Sociales e Integración, Ignacio Ayres Janeiro.
“ANEXO
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad tendrá
la consideración de Responsable del tratamiento y la Dirección General De Servicios Sociales E Integración De La Consejería De Familia, Juventud Y Asuntos Sociales, tendrá la
consideración de Encargado del tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28
y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD), así como en el
artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de esta encomienda de gestión se realiza con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se
considerará como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definición
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.

BOCM-20241227-39

Pág. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID