C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241227-38)
Diplomas Acreditación – Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Investigación y Docencia, para la tramitación de solicitudes de obtención del Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos por la vía excepcional, en aplicación de lo previsto en el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, de 21 de diciembre de 2023, de creación del Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 301
3. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, será necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sexta
Tramitación del procedimiento
1. De conformidad con el artículo 9 del Real Decreto 639/2015, de 10 de julio, los
procedimientos de obtención se iniciarán a instancia de parte mediante la presentación de
la correspondiente solicitud por la persona interesada.
2. La tramitación del procedimiento para la obtención del Diploma de Acreditación
en el Área Funcional de Paliativos-vía excepcional se ajustará a las disposiciones de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Séptima
Expedición del certificado correspondiente al diploma
En los casos en que resulte estimada la solicitud, se expedirá de oficio el certificado
correspondiente al Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos.
Octava
Comunicación al Registro Estatal de Profesionales Sanitarios
BOCM-20241227-38
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 639/2015, de 10 de julio, la Dirección General de Investigación y Docencia comunicará los diplomas expedidos
al Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, a efectos de lo previsto en el artículo 5.k)
del Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el citado registro, y en los
términos previstos en la Orden SSI/890/2017, de 15 de septiembre, que lo desarrolla.
(03/20.629/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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3. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, será necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sexta
Tramitación del procedimiento
1. De conformidad con el artículo 9 del Real Decreto 639/2015, de 10 de julio, los
procedimientos de obtención se iniciarán a instancia de parte mediante la presentación de
la correspondiente solicitud por la persona interesada.
2. La tramitación del procedimiento para la obtención del Diploma de Acreditación
en el Área Funcional de Paliativos-vía excepcional se ajustará a las disposiciones de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Séptima
Expedición del certificado correspondiente al diploma
En los casos en que resulte estimada la solicitud, se expedirá de oficio el certificado
correspondiente al Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos.
Octava
Comunicación al Registro Estatal de Profesionales Sanitarios
BOCM-20241227-38
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 639/2015, de 10 de julio, la Dirección General de Investigación y Docencia comunicará los diplomas expedidos
al Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, a efectos de lo previsto en el artículo 5.k)
del Real Decreto 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el citado registro, y en los
términos previstos en la Orden SSI/890/2017, de 15 de septiembre, que lo desarrolla.
(03/20.629/24)
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