B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241227-4)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 3229/2024, de 14 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial de Área, Grupo A, Subgrupo A1
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 106
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
-
B.O.C.M. Núm. 308
Otros cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la seguridad y la
emergencia, desde la perspectiva del trabajo desarrollado por los Servicios de Prevención y
Extinción de Incendios y Salvamentos de las distintas Administraciones Públicas, y
relacionados directamente con las funciones y/o actividades a desarrollar en el Cuerpo,
Escala y Categoría objeto de esta Orden de convocatoria, impartidos por centros oficiales
reconocidos por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, o por
Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas.
La valoración de cada curso se realizará teniendo en cuenta su duración, de acuerdo a los
siguientes criterios de puntuación:
•
Curso presencial: 0,01 puntos por hora.
•
Curso “online”: 0,003 puntos por hora.
A efectos de la acreditación de los cursos organizados por el Cuerpo de Bomberos de la
Comunidad de Madrid, el Tribunal, de oficio, solicitará a la Dirección General de Emergencias
de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 la expedición de la certificación relativa
a los mismos.
El resto de los cursos se acreditarán mediante la presentación de copia del correspondiente
diploma o certificado expedido por la entidad organizadora, en los que deberá constar la
duración en horas del curso de que se trate. En los cursos cuya duración no constase en horas,
la persona aspirante habrá de presentar, asimismo, la documentación acreditativa de su
equivalencia en horas. De no acreditar dicho extremo, esos cursos no podrán ser objeto de
valoración.
A efectos de la valoración de este mérito, se aplicarán las siguientes normas:
La valoración total del mismo podrá alcanzar un máximo de 13 puntos.
BOCM-20241227-4
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emergencia, desde la perspectiva del trabajo desarrollado por los Servicios de Prevención y
Extinción de Incendios y Salvamentos de las distintas Administraciones Públicas, y
relacionados directamente con las funciones y/o actividades a desarrollar en el Cuerpo,
Escala y Categoría objeto de esta Orden de convocatoria, impartidos por centros oficiales
reconocidos por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, o por
Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas.
La valoración de cada curso se realizará teniendo en cuenta su duración, de acuerdo a los
siguientes criterios de puntuación:
•
Curso presencial: 0,01 puntos por hora.
•
Curso “online”: 0,003 puntos por hora.
A efectos de la acreditación de los cursos organizados por el Cuerpo de Bomberos de la
Comunidad de Madrid, el Tribunal, de oficio, solicitará a la Dirección General de Emergencias
de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 la expedición de la certificación relativa
a los mismos.
El resto de los cursos se acreditarán mediante la presentación de copia del correspondiente
diploma o certificado expedido por la entidad organizadora, en los que deberá constar la
duración en horas del curso de que se trate. En los cursos cuya duración no constase en horas,
la persona aspirante habrá de presentar, asimismo, la documentación acreditativa de su
equivalencia en horas. De no acreditar dicho extremo, esos cursos no podrán ser objeto de
valoración.
A efectos de la valoración de este mérito, se aplicarán las siguientes normas:
La valoración total del mismo podrá alcanzar un máximo de 13 puntos.
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