B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241227-4)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 3229/2024, de 14 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial de Área, Grupo A, Subgrupo A1
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 308

VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024

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En cada uno de los llamamientos se incluirá un número de suplentes equivalente, al menos, al
cincuenta por ciento de las personas aspirantes convocadas.

El Órgano de Selección, a fin de asegurar el cumplimiento de lo anterior y cualquiera que sea la
forma efectiva en que tengan lugar las convocatorias concretas, conforme a lo dispuesto en el
artículo 63.1, letras a) y b), de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, efectuará una calendarización
indicativa de estos llamamientos, a la que dará publicidad con anterioridad a su inicio, y adoptará las
medidas internas que sean precisas para garantizar el quórum en todas las sesiones programadas,
a cuyos efectos podrán actuar de manera concurrente miembros titulares y suplentes, en los
términos establecidos en el artículo 10.2 de la señalada Orden.

2. Fase de concurso.

2.1. Esta fase, a la que podrá acceder un número de aspirantes superior al de plazas convocadas,
consistirá en la valoración de los méritos de aquellas personas que hayan superado la fase de
oposición, conforme al baremo y puntuación que figura en el punto siguiente, valorándose todos
ellos con referencia al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.2. Serán objeto de valoración los méritos que se detallan a continuación:

Servicios efectivos. Se valorarán los servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley
70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración
Pública, como personal funcionario, en los siguientes términos.

-

A razón de 0,8 puntos por cada año completo de servicios:



En la categoría a extinguir de Bombero (puestos de Bombero o de BomberoConductor), o en la categoría de Bombero Especialista, o en la categoría de Operador

BOCM-20241227-4

a)