D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241227-54)
Autorizaciones ocupación temporal – Orden 4523/2024, de 3 de diciembre, por la que se deja sin efecto la Orden 3984/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, y se realiza la adjudicación de las autorizaciones de ocupación temporal de 240 huertos de ocio en la finca “Caserío de Henares” (San Fernando de Henares), al amparo de la Orden 525/2024, de 7 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 343
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 4523/2024, de 3 de diciembre, por la que se deja sin efecto la Orden 3984/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, y
se realiza la adjudicación de las autorizaciones de ocupación temporal de 240
huertos de ocio en la finca “Caserío de Henares” (San Fernando de Henares),
al amparo de la Orden 525/2024, de 7 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Por Orden 525/2024, de 7 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura
e Interior de la Comunidad de Madrid, se acuerda la explotación de 240 huertos de ocio en
la finca “Caserío de Henares”, sita en San Fernando de Henares (Parque Regional del Sureste), y se aprueban las bases y la convocatoria del concurso para la adjudicación de las
autorizaciones de ocupación temporal para el período 2024-2028.
De conformidad con la Base IV.2 de la Orden 525/2024, de 7 de junio, se constituye
una Comisión Técnica con objeto de valorar las solicitudes presentadas de acuerdo con los
criterios establecidos en la Base VI y los anexos I-A y I-B.
Con fechas 18 y 31 de octubre de 2024 se reunió la Comisión Técnica para la valoración de las solicitudes presentadas en base a la Orden 525/2024, de 7 de junio.
Según lo establecido en el punto 3 de la Base IV.2 de la Orden 525/2024, de 7 de junio, una vez examinadas por la Comisión Técnica las subsanaciones presentadas, se determinaron las solicitudes que no cumplían con los requisitos necesarios para concurrir al presente procedimiento.
Mediante Resolución de 7 de noviembre de 2024, la Directora General de Biodiversidad y Gestión Forestal formuló la correspondiente propuesta de adjudicación de las autorizaciones de ocupación temporal de 240 huertos de ocio en la finca “Caserío de Henares”
convocada a través de la Orden 525/2024, de 7 de junio de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Por Orden 3984/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior se
realiza la adjudicación de las autorizaciones de ocupación temporal de 240 huertos de ocio
en la finca “Caserío de Henares” (San Fernando de Henares), al amparo de la Orden 525/2024, de 7 de junio, Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Posteriormente a la firma de la citada Orden, se advierte la omisión de dos solicitudes
correspondientes a personas físicas que, aunque fueron presentadas en forma y plazo correctamente, no fueron baremadas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece
que: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento,
de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
Con fecha 22 de noviembre de 2024 se reúne de nuevo la Comisión Técnica para realizar la baremación de las dos solicitudes omitidas.
Tras esta última valoración, mediante la Resolución 2525/2024, de 3 de diciembre, la
Directora General de Biodiversidad y Gestión Forestal formula una nueva propuesta de adjudicación de las autorizaciones de ocupación temporal de 240 huertos de ocio en la finca
“Caserío de Henares” convocada a través de la Orden 525/2024, de 7 de junio de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
De conformidad con lo dispuesto en la base IV.3 de la Orden 525/2024, de 7 de junio,
se acordará la adjudicación mediante orden del actual Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, debiendo ser notificada a los interesados.
A propuesta de la Directora General de Biodiversidad y Gestión Forestal, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la
Comunidad de Madrid, y la Orden 525/2024, de 7 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente Agricultura e Interior,
BOCM-20241227-54
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B.O.C.M. Núm. 308
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VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024
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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 4523/2024, de 3 de diciembre, por la que se deja sin efecto la Orden 3984/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, y
se realiza la adjudicación de las autorizaciones de ocupación temporal de 240
huertos de ocio en la finca “Caserío de Henares” (San Fernando de Henares),
al amparo de la Orden 525/2024, de 7 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Por Orden 525/2024, de 7 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura
e Interior de la Comunidad de Madrid, se acuerda la explotación de 240 huertos de ocio en
la finca “Caserío de Henares”, sita en San Fernando de Henares (Parque Regional del Sureste), y se aprueban las bases y la convocatoria del concurso para la adjudicación de las
autorizaciones de ocupación temporal para el período 2024-2028.
De conformidad con la Base IV.2 de la Orden 525/2024, de 7 de junio, se constituye
una Comisión Técnica con objeto de valorar las solicitudes presentadas de acuerdo con los
criterios establecidos en la Base VI y los anexos I-A y I-B.
Con fechas 18 y 31 de octubre de 2024 se reunió la Comisión Técnica para la valoración de las solicitudes presentadas en base a la Orden 525/2024, de 7 de junio.
Según lo establecido en el punto 3 de la Base IV.2 de la Orden 525/2024, de 7 de junio, una vez examinadas por la Comisión Técnica las subsanaciones presentadas, se determinaron las solicitudes que no cumplían con los requisitos necesarios para concurrir al presente procedimiento.
Mediante Resolución de 7 de noviembre de 2024, la Directora General de Biodiversidad y Gestión Forestal formuló la correspondiente propuesta de adjudicación de las autorizaciones de ocupación temporal de 240 huertos de ocio en la finca “Caserío de Henares”
convocada a través de la Orden 525/2024, de 7 de junio de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Por Orden 3984/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior se
realiza la adjudicación de las autorizaciones de ocupación temporal de 240 huertos de ocio
en la finca “Caserío de Henares” (San Fernando de Henares), al amparo de la Orden 525/2024, de 7 de junio, Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Posteriormente a la firma de la citada Orden, se advierte la omisión de dos solicitudes
correspondientes a personas físicas que, aunque fueron presentadas en forma y plazo correctamente, no fueron baremadas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece
que: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento,
de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
Con fecha 22 de noviembre de 2024 se reúne de nuevo la Comisión Técnica para realizar la baremación de las dos solicitudes omitidas.
Tras esta última valoración, mediante la Resolución 2525/2024, de 3 de diciembre, la
Directora General de Biodiversidad y Gestión Forestal formula una nueva propuesta de adjudicación de las autorizaciones de ocupación temporal de 240 huertos de ocio en la finca
“Caserío de Henares” convocada a través de la Orden 525/2024, de 7 de junio de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
De conformidad con lo dispuesto en la base IV.3 de la Orden 525/2024, de 7 de junio,
se acordará la adjudicación mediante orden del actual Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, debiendo ser notificada a los interesados.
A propuesta de la Directora General de Biodiversidad y Gestión Forestal, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la
Comunidad de Madrid, y la Orden 525/2024, de 7 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente Agricultura e Interior,
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