Alcalá de Henares (BOCM-20241226-52)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 307
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241226-52
El Excmo. Ayuntamiento Pleno reunido en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de
diciembre de 2024, acordó aprobar de forma definitiva el expediente de modificación de las ordenanzas fiscales y generales de precios públicos que han de regir en el ejercicio de 2025, una
vez resueltas las reclamaciones presentadas durante el periodo de exposición pública, conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 del mismo texto legal, se procede a la
publicación del texto de las modificaciones y nueva redacción de las ordenanzas fiscales
aprobadas en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, resultando de aplicación
a partir del día 1 de enero de 2025 permaneciendo en vigor mientras no se acuerde su modificación o derogación expresas.
Contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo establecido en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales y 46.1 de la Ley 29/1998,, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se interponga
cualquier otro recurso si se estima oportuno.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del TRLHL antes citado, se procede a transcribir el texto íntegro de las modificaciones y nueva redacción de las ordenanzas fiscales aprobadas:
Pág. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 307
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241226-52
El Excmo. Ayuntamiento Pleno reunido en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de
diciembre de 2024, acordó aprobar de forma definitiva el expediente de modificación de las ordenanzas fiscales y generales de precios públicos que han de regir en el ejercicio de 2025, una
vez resueltas las reclamaciones presentadas durante el periodo de exposición pública, conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 del mismo texto legal, se procede a la
publicación del texto de las modificaciones y nueva redacción de las ordenanzas fiscales
aprobadas en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, resultando de aplicación
a partir del día 1 de enero de 2025 permaneciendo en vigor mientras no se acuerde su modificación o derogación expresas.
Contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo establecido en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales y 46.1 de la Ley 29/1998,, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se interponga
cualquier otro recurso si se estima oportuno.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del TRLHL antes citado, se procede a transcribir el texto íntegro de las modificaciones y nueva redacción de las ordenanzas fiscales aprobadas: