Nuevo Baztán (BOCM-20241226-95)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 307

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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NUEVO BAZTÁN

Acuerdo del Pleno de fecha 21 de diciembre de 2024, de la entidad de Nuevo Baztán,
por el que se aprueba definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de
la tasa por la prestación del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de la de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida y tratamiento de
basuras y residuos sólidos urbanos con resolución expresa de las reclamaciones presentadas,
cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo.
”Visto que, por acuerdo del Pleno de fecha 23 de octubre de 2024, se aprobó provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del
servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos.
Visto el acuerdo provisional fue sometido a exposición pública por plazo de treinta
días, mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 257, de 28 de octubre de 2024.
Visto fueron certificadas por la Secretaría las alegaciones presentadas durante el período de exposición pública.
Visto que se emitió informe propuesta de resolución para la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa referida.
Visto el dictamen de la Comisión Informativa, el Pleno de esta entidad, en sesión extraordinaria de fecha 21 de diciembre de 2024, previa deliberación y por mayoría absoluta
de los miembros de la Corporación, acuerda:
Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas por don Adrián Hidalgo Jiménez,
como vecino de Nuevo Baztán y portavoz del grupo municipal Partido Popular de Nuevo
Baztán, por las causas expuestas en el informe-propuesta de Tesorería.
Segundo.—Aprobar con carácter definitivo, una vez resueltas las reclamaciones presentadas, la modificación en la imposición de la tasa y la redacción definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de basura, en previsión de que la misma dé cobertura al coste real del servicio, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 7/2022, de 8 de
abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y cuyo texto es el que
aparece en la parte expositiva del acuerdo Pleno de aprobación provisional de la misma.
Tercero.—Publicar dicho acuerdo definitivo y el texto íntegro de la modificación de la
ordenanza fiscal reguladora de la tasa en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, aplicándose a partir de la fecha que
señala dicha ordenanza. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Cuarto.—Notificar este acuerdo a todas aquellas personas que hubiesen presentado
alegaciones durante el período de información pública.
Quinto.—Facultar a la alcaldesa-presidenta para todo lo relacionado con este asunto”.
Texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la
prestación del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos:
“Artículo 7. Cuota tributaria.—La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, por
unidad de inmueble, que se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles.
Epígrafe 1.—Por cada vivienda unifamiliar se establece una cuota fija de 125 euros,
más un coeficiente variable que dependerá del valor catastral del inmueble.
Inmuebles con valor catastral hasta 91.000 euros, un 0,16 %.
Inmuebles con valor catastral desde 91.001 euros, hasta 151.000 euros, un 0,17 %.
Inmuebles con valor catastral desde 151.001 euros, un 0,18 %.

BOCM-20241226-95

RÉGIMEN ECONÓMICO