Alcalá de Henares (BOCM-20241226-51)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 307

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del acuerdo de 13 de diciembre de 2024, de la Junta de Gobierno Local, por
el que se convocan ayudas destinadas al Sector del Taxi del municipio de Alcalá de Henares, para la mejora de la accesibilidad en los vehículos auto-taxi (adaptados a personas con
movilidad reducida) y en materia de seguridad de los profesionales del taxi, año 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex ):
Primero. Beneficiarios.—Las personas beneficiarias de la subvención, deberán cumplir los siguientes requisitos:
— Ser titular de licencia municipal para el ejercicio de taxi, en el momento de la presentación de solicitud, se encuentre desempeñando su servicio con carácter habitual y permanente y cuente con vehículo adaptado a personas con movilidad reducida, homologado de acuerdo con los requisitos técnicos establecidos al respecto
y conforme a las especificaciones vigentes y obligatorias, así como contar con la
correspondiente autorización de transporte interurbano en vehículos de turismo
para el caso de la línea 1 y 2 de ayudas.
— Ser titular de licencia municipal para el ejercicio de taxi expedida por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares en el momento de la presentación de la solicitud,
se encuentre desempeñando su servicio con carácter habitual y permanente, y
cuente con la correspondiente autorización de transporte interurbano en vehículos
de turismo para el caso de la línea 3 de ayudas.
— Encontrarse dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
— No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2
y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con esta
administración, con la Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación
de la solicitud y su incumplimiento es motivo de exclusión.
— Hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el
Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares.
— Los requisitos específicos señalados para cada una de las líneas de ayudas objeto
de la presente convocatoria.
Segundo. Finalidad.—Regular la concesión de ayudas destinadas al sector del taxi
del municipio de Alcalá de Henares, con objeto de mejorar la accesibilidad en los vehículos auto-taxi (adaptados a personas con movilidad reducida) así como la concesión de ayudas para aquellos que aún no hayan instalado un sistema de video vigilancia en el interior
de los vehículos o mamparas de seguridad homologadas.
Acciones objeto de ayuda e importes:
Línea 1: Gastos derivados de la adaptación de vehículos auto-taxi al transporte de personas con movilidad reducida en régimen de concurrencia competitiva cuyos titulares cuenten con licencia auto-taxi vinculada a vehículos adaptados con movilidad reducida.
A través de esta línea se busca dar respuesta a una necesidad de interés social para hacer frente a una medida para promover y favorecer el cumplimiento de la normativa reguladora de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

BOCM-20241226-51

N.o de BDNS 803432