C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241224-1)
Convenio colectivo – Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector de la Madera de la Comunidad de Madrid. Suscrito por la/s organizaciones empresariales ACOMAT, AFAMID y APISMA y por la representación sindical CC. OO. y UGT (Código número 28002235011982)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 18
MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 306
control de calidad, definición de procesos constructivos, administración, asesoría
jurídico laboral y fiscal, etc.
5º.
Tareas de gestión comercial con amplia responsabilidad sobre un sector geográfico delimitado.
6º.
Tareas técnicas de muy alta complejidad y polivalencia con el máximo nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, pudiendo implicar asesoramiento en
las decisiones fundamentales de la empresa.
7º.
Funciones consistentes en planificar, ordenar y supervisar un área, servicio o departamento con responsabilidades sobre resultados y ejecución de las mismas.
8º.
Tareas de análisis de sistemas informáticos consistentes en definir, desarrollar e
implantar los sistemas mecanizados tanto a nivel físico (Hardware) como a nivel
logístico (Software).
GRUPO PROFESIONAL 2
x
Criterios generales:
Son personas trabajadoras que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad realizan tareas técnicas complejas, con objetivos globales definidos o que tienen
un alto contenido intelectual o de interrelación humana. También aquellos responsables
directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un
conjunto de colaboradores en una misma área funcional.
x
Formación:
Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equiparados por la
empresa, completados con una experiencia dilatada en su sector profesional. Eventualmente podrán tener estudios universitarios de grado superior, cualificación o competencia profesional acreditada y asimilarse a los puestos definidos en este grupo "Titulados
superiores de Entrada".
Comprende a título orientativo las categorías que figuran en el Anexo a este documento.
z
Tareas
Ejemplo: En este grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que por analogía son asimilables a las siguientes:
1º.
Funciones que suponen la responsabilidad de ordenar, coordinar y supervisar la
ejecución de tareas heterogéneas de producción, comercialización, mantenimiento, administración, servicios etc., o de cualquier agrupación de ellas, cuando las
dimensiones de la empresa aconsejen las agrupaciones.
2º.
Tareas de alto contenido técnico consistentes en prestar soporte con autonomía
media y bajo directrices y normas que no delimitan totalmente la forma de proceder en funciones de investigación, control de calidad, vigilancia y control de procesos industriales, etc.
3º.
Actividades y tareas propias de A.T.S., realizando curas, llevando el control de
bajas de I.T. y accidentes, estudios audiométricos, vacunaciones, estudios estadísticos de accidentes, etc.
4º.
Actividades de Graduado Social consistentes en funciones de organización, control, asesoramiento o mando en orden a la admisión, clasificación, instrucción,
economato, comedores, previsión de personal, etc.
GRUPO PROFESIONAL 3
x
Criterios generales:
Son aquellas personas trabajadoras que con o sin responsabilidad de mando, realizan
tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humano, en un
marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media con autonomía dentro del
proceso. Realizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de
tareas homogéneas, realizadas por un conjunto de colaboradores en un estadio organizativo menor.
BOCM-20241224-1
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 18
MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 306
control de calidad, definición de procesos constructivos, administración, asesoría
jurídico laboral y fiscal, etc.
5º.
Tareas de gestión comercial con amplia responsabilidad sobre un sector geográfico delimitado.
6º.
Tareas técnicas de muy alta complejidad y polivalencia con el máximo nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, pudiendo implicar asesoramiento en
las decisiones fundamentales de la empresa.
7º.
Funciones consistentes en planificar, ordenar y supervisar un área, servicio o departamento con responsabilidades sobre resultados y ejecución de las mismas.
8º.
Tareas de análisis de sistemas informáticos consistentes en definir, desarrollar e
implantar los sistemas mecanizados tanto a nivel físico (Hardware) como a nivel
logístico (Software).
GRUPO PROFESIONAL 2
x
Criterios generales:
Son personas trabajadoras que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad realizan tareas técnicas complejas, con objetivos globales definidos o que tienen
un alto contenido intelectual o de interrelación humana. También aquellos responsables
directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un
conjunto de colaboradores en una misma área funcional.
x
Formación:
Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equiparados por la
empresa, completados con una experiencia dilatada en su sector profesional. Eventualmente podrán tener estudios universitarios de grado superior, cualificación o competencia profesional acreditada y asimilarse a los puestos definidos en este grupo "Titulados
superiores de Entrada".
Comprende a título orientativo las categorías que figuran en el Anexo a este documento.
z
Tareas
Ejemplo: En este grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que por analogía son asimilables a las siguientes:
1º.
Funciones que suponen la responsabilidad de ordenar, coordinar y supervisar la
ejecución de tareas heterogéneas de producción, comercialización, mantenimiento, administración, servicios etc., o de cualquier agrupación de ellas, cuando las
dimensiones de la empresa aconsejen las agrupaciones.
2º.
Tareas de alto contenido técnico consistentes en prestar soporte con autonomía
media y bajo directrices y normas que no delimitan totalmente la forma de proceder en funciones de investigación, control de calidad, vigilancia y control de procesos industriales, etc.
3º.
Actividades y tareas propias de A.T.S., realizando curas, llevando el control de
bajas de I.T. y accidentes, estudios audiométricos, vacunaciones, estudios estadísticos de accidentes, etc.
4º.
Actividades de Graduado Social consistentes en funciones de organización, control, asesoramiento o mando en orden a la admisión, clasificación, instrucción,
economato, comedores, previsión de personal, etc.
GRUPO PROFESIONAL 3
x
Criterios generales:
Son aquellas personas trabajadoras que con o sin responsabilidad de mando, realizan
tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humano, en un
marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media con autonomía dentro del
proceso. Realizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de
tareas homogéneas, realizadas por un conjunto de colaboradores en un estadio organizativo menor.
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