D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241224-5)
Convenio –  Adenda de 10 de diciembre de 2024, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Social District, para la realización de actividades en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud que favorezcan la humanización y mejoren la calidad de vida de pacientes y acompañantes a través del programa “Músicos por la Salud”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 306

a otros centros a lo largo de la vigencia de este convenio en los que el mismo se aplica y cuya
propuesta se estudiará acordándose, si procede, en la comisión mixta de seguimiento.
Tercero
Con fecha de 15 de marzo de 2024 se suscribió la adenda de ampliación y prórroga mediante la cual se incorporaron al ámbito de aplicación del convenio los siguientes centros:
Hospital Universitario “Puerta de Hierro Majadahonda”, Hospital Universitario del Henares y Hospital Psiquiátrico “Doctor Rodríguez Lafora”.
Cuarto
Se considera conveniente para la finalidad de la humanización de la asistencia sanitaria
y conforme con el objeto del convenio, y así lo ha acordado la comisión mixta de seguimiento en sesión de fecha 21 de octubre de 2024, extender su implantación al Hospital Infantil
Universitario Niño Jesús, Hospital Universitario “José Germain”, Hospital Universitario
“Santa Cristina” y Hospital Central de la Cruz Roja “San José y Santa Adela”.
Por lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de suscribir esta adenda de acuerdo
con la siguiente
CLÁUSULA

Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto la mejora de las estancias hospitalarias de pacientes y familiares a través de la implantación del programa “Músicos por la Salud”, mediante las siguientes actividades:
— Microconciertos en directo en salón de actos, aulas hospitalarias, salas de esperay
hall dirigidas a pacientes hospitalizados o que acudan a consulta, a sus familiares
y profesionales del centro hospitalario.
— Microconciertos en directo Hospital de Día y Hemodiálisis según demanda de estas unidades y situación clínica de los pacientes.
— Microconciertos en pacientes ingresados en plantas o áreas de especial sensibilidad: UCI, Oncología, Psiquiatría, Pediatría y Urgencias.
La fundación colocará en las plantas de oncología de los hospitales que lo soliciten
una campana para que, los pacientes que lo deseen puedan tocar al finalizar su tratamiento oncológico.
Al inicio de cada microconcierto, los músicos tocarán la campana y mediante una canción especial celebrarán las veces que durante esa semana ha sido utilizada por los pacientes como celebración del final de su tratamiento.
El formato estándar, son dos microconciertos de unos 20-25 minutos en diversas áreas
del hospital con un número de músicos voluntarios entre 2 y 4 personas.
El proyecto se va a implantar en los siguientes hospitales: Hospital Universitario
“Príncipe de Asturias”, Hospital Universitario “La Paz”, Hospital Universitario Clínico
“San Carlos”, Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, Hospital Universitario
“Ramón y Cajal”, Hospital Universitario “Puerta de Hierro Majadahonda”, Hospital Universitario del Henares y Hospital Psiquiátrico “Doctor Rodríguez Lafora”, Hospital Infantil Universitario Niño Jesús, Hospital Universitario “José Germain”, Hospital Universitario
“Santa Cristina” y Hospital Central de la Cruz Roja “San José y Santa Adela”, pudiendo extenderse a otros centros hospitalarios a lo largo de la vigencia de este convenio cuya propuesta se estudiará acordándose, si procede, en la comisión mixta de seguimiento.
En prueba de conformidad, se firma el presente acuerdo, entendiéndose que el día de
su perfección es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.
Madrid, a 10 de diciembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de
Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de
Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.
(03/20.527/24)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20241224-5

Única
Modificación de la cláusula primera denominada “Objeto”
Se modifica la cláusula primera, que queda redactada como sigue: