D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20241224-5)
Convenio –  Adenda de 10 de diciembre de 2024, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Social District, para la realización de actividades en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud que favorezcan la humanización y mejoren la calidad de vida de pacientes y acompañantes a través del programa “Músicos por la Salud”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 306

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Sanidad
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ADENDA de 10 de diciembre de 2024, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño
de Salud y la Fundación Social District, para la realización de actividades en los
hospitales del Servicio Madrileño de Salud que favorezcan la humanización y
mejoren la calidad de vida de pacientes y acompañantes a través del programa
“Músicos por la Salud”.
REUNIDOS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de
Sanidad, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Sanidad, en nombre y representación del Servicio Madrileño
de Salud, de acuerdo con los artículos 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio y 23.2.a)
del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
De conformidad, asimismo, con lo establecido en el Acuerdo de 9 de mayo de 2008,
del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delega en el
titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria la competencia en materia de convenios,
ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020.
Y, de otra parte, D. José Guillermo Fernández Giner, en nombre y representación de la
Fundación Social District, con domicilio social en la calle Tres Forques, número 35, planta 1.a, puerta 2, 46018 Valencia y NIF G99443871, en su calidad de presidente del patronato, según consta en el Registro de Fundaciones de competencia estatal del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y en virtud del artículo 16 de sus estatutos.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda al convenio y,
de conformidad,
MANIFIESTAN
En fecha 20 de junio de 2018 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid
a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Social
District, para la realización de actividades en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud que favorezcan la humanización y mejoren la calidad de vida de pacientes y acompañantes a través del programa “Músicos por la Salud”. Posteriormente se prorrogó su vigencia por dos años en dos ocasiones, siendo la última el 15 de marzo de 2024, finalizando su
vigencia el 20 de junio de 2026.
Segundo
El convenio prevé expresamente en su cláusula primera la implantación inicial en los siguientes centros hospitalarios: Hospital Universitario “Príncipe de Asturias”, Hospital Universitario “La Paz”, Hospital Universitario Clínico “San Carlos”, Hospital General Universitario
“Gregorio Marañón” y Hospital Universitario “Ramón y Cajal” y la posibilidad de extenderse

BOCM-20241224-5

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