Tres Cantos (BOCM-20241223-84)
Régimen económico. Ordenanza gestión padrón habitantes
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 576
LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 305
3.- El Ayuntamiento podrá proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de las resoluciones
recaídas en los expedientes sancionadores mediante el apremio sobre el patrimonio, de conformidad
con lo dispuesto en las normas reguladoras del procedimiento recaudatorio en vía de apremio.
DISPOSICIONES
Disposición adicional primera
Respecto a lo no regulado en la presente ordenanza se aplicará la normativa existente en materia
de régimen sancionador.
Disposición adicional segunda
Dando cumplimiento del artículo 130 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procederá a llevar a efecto una
Evaluación Normativa de la presente norma al objeto de analizar los resultados obtenidos y su
impacto en cuanto al objeto de la normativa.
Disposición final
La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince (15) días hábiles de su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20241223-84
Tres Cantos, a 5 de diciembre de 2024.—La concejala-delegada de Recursos Humanos
y Vivienda, Ana Isabel Pérez Baos.
(03/20.522/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 576
LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 305
3.- El Ayuntamiento podrá proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de las resoluciones
recaídas en los expedientes sancionadores mediante el apremio sobre el patrimonio, de conformidad
con lo dispuesto en las normas reguladoras del procedimiento recaudatorio en vía de apremio.
DISPOSICIONES
Disposición adicional primera
Respecto a lo no regulado en la presente ordenanza se aplicará la normativa existente en materia
de régimen sancionador.
Disposición adicional segunda
Dando cumplimiento del artículo 130 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procederá a llevar a efecto una
Evaluación Normativa de la presente norma al objeto de analizar los resultados obtenidos y su
impacto en cuanto al objeto de la normativa.
Disposición final
La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince (15) días hábiles de su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20241223-84
Tres Cantos, a 5 de diciembre de 2024.—La concejala-delegada de Recursos Humanos
y Vivienda, Ana Isabel Pérez Baos.
(03/20.522/24)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791