C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241223-21)
Concesión becas –  Orden 5925/2024, de 19 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad correspondiente al curso 2024-2025
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BOCM
Pág. 324

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 305

Cuarto
El coste total de las becas concedidas se financiará con cargo al subconcepto 48399 del
programa 323M “Becas y ayudas a la educación” de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid.
Quinto
Los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados a destinar su importe a la finalidad
para la que se han concedido, así como a acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos para su concesión.
Sexto
El pago de las becas se hará efectivo de la forma establecida en el apartado vigesimotercero de la Orden 2963/2024, de 30 de junio.
Séptimo
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter
potestativo recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en
el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web institucional de la Comunidad
de Madrid. También podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a dicha publicación.
Madrid, a 19 de diciembre de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20241223-21

(03/21.225/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791