D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241221-4)
Convenio – Convenio de 3 de diciembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por el que se instrumentaliza la concesión directa de una subvención para la adquisición de viviendas a la sociedad de gestión de activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S. A. (SAREB, S. A).
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BOCM
Pág. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 21 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 304
Con fecha 23 de diciembre de 2022, la Directora General de Vivienda y Rehabilitación
resolvió la aceptación de esta subvención. El importe de esta subvención directa deberá destinarse exclusivamente a la adquisición de viviendas a la SAREB para el incremento del
parque público de viviendas en el marco del programa de incremento del parque público de
viviendas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Mediante la ORDEN de 5 de abril de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes
e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el
año 2024 se incorpora la Subvención directa a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid para la adquisición de viviendas de la SAREB con destino al incremento
del parque público de viviendas.
Segundo
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid
tiene, entre sus competencias y fines, el desarrollo, control y seguimiento de planes y programas de vivienda, así como la coordinación y colaboración con organismos y entidades
públicos y privados en orden a la puesta en práctica de las previsiones y financiación de dichos planes y programas, de conformidad con lo establecido en el artículo 148.1.3 de la
Constitución, y en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid
aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, le compete la ejecución y desarrollo de los planes estatales de vivienda, así como la gestión económico-presupuestaria derivada de dichos planes.
Tercero
De acuerdo con la Resolución de 21 de diciembre de 2022 por la que se concede la subvención a la Comunidad de Madrid, esta tiene la obligación de tramitar y gestionar las ayudas, cumplir con las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003, gestionar las actuaciones conducentes a la adquisición de las viviendas, y acreditar ante el Ministerio de Vivienda
y Agenda Urbana el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la subvención.
La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, es un Organismo Autónomo mercantil de carácter comercial y financiero, adscrito a la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras, que goza de personalidad jurídica propia e independiente,
así como plena capacidad jurídica, de obrar y patrimonio propio, que se rige por la
Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid y por el Decreto 244/2015, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece su organización, estructura y régimen de funcionamiento.
El citado Organismo tiene competencia en materia de adquisición, explotación, administración, gestión y disposición sobre bienes muebles e inmuebles y derechos sobre los
mismos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 244/2015, de 29 de diciembre, correspondiéndole, adquirir las viviendas para su arrendamiento o cesión de uso cumpliendo los
requisitos y las características establecidas en el Programa de incremento del parque público de viviendas del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero.
Cuarto
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4, apartado 5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 30 de octubre de 2024 se autorizó la concesión directa de una subvención
a la Agencia de Vivienda Social, por importe de 1.590.000 euros y su instrumentación a través del presente convenio.
Para establecer los mecanismos que permitan llevar a cabo la financiación de la ayuda, agilizando el procedimiento de concesión para el mejor logro de los objetivos previstos,
los firmantes acuerdan establecer el presente convenio de acuerdo con las siguientes:
BOCM-20241221-4
Quinto
Pág. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 21 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 304
Con fecha 23 de diciembre de 2022, la Directora General de Vivienda y Rehabilitación
resolvió la aceptación de esta subvención. El importe de esta subvención directa deberá destinarse exclusivamente a la adquisición de viviendas a la SAREB para el incremento del
parque público de viviendas en el marco del programa de incremento del parque público de
viviendas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Mediante la ORDEN de 5 de abril de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes
e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el
año 2024 se incorpora la Subvención directa a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid para la adquisición de viviendas de la SAREB con destino al incremento
del parque público de viviendas.
Segundo
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid
tiene, entre sus competencias y fines, el desarrollo, control y seguimiento de planes y programas de vivienda, así como la coordinación y colaboración con organismos y entidades
públicos y privados en orden a la puesta en práctica de las previsiones y financiación de dichos planes y programas, de conformidad con lo establecido en el artículo 148.1.3 de la
Constitución, y en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid
aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, le compete la ejecución y desarrollo de los planes estatales de vivienda, así como la gestión económico-presupuestaria derivada de dichos planes.
Tercero
De acuerdo con la Resolución de 21 de diciembre de 2022 por la que se concede la subvención a la Comunidad de Madrid, esta tiene la obligación de tramitar y gestionar las ayudas, cumplir con las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003, gestionar las actuaciones conducentes a la adquisición de las viviendas, y acreditar ante el Ministerio de Vivienda
y Agenda Urbana el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la subvención.
La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, es un Organismo Autónomo mercantil de carácter comercial y financiero, adscrito a la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras, que goza de personalidad jurídica propia e independiente,
así como plena capacidad jurídica, de obrar y patrimonio propio, que se rige por la
Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid y por el Decreto 244/2015, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece su organización, estructura y régimen de funcionamiento.
El citado Organismo tiene competencia en materia de adquisición, explotación, administración, gestión y disposición sobre bienes muebles e inmuebles y derechos sobre los
mismos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 244/2015, de 29 de diciembre, correspondiéndole, adquirir las viviendas para su arrendamiento o cesión de uso cumpliendo los
requisitos y las características establecidas en el Programa de incremento del parque público de viviendas del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero.
Cuarto
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4, apartado 5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 30 de octubre de 2024 se autorizó la concesión directa de una subvención
a la Agencia de Vivienda Social, por importe de 1.590.000 euros y su instrumentación a través del presente convenio.
Para establecer los mecanismos que permitan llevar a cabo la financiación de la ayuda, agilizando el procedimiento de concesión para el mejor logro de los objetivos previstos,
los firmantes acuerdan establecer el presente convenio de acuerdo con las siguientes:
BOCM-20241221-4
Quinto