D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241221-4)
Convenio – Convenio de 3 de diciembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por el que se instrumentaliza la concesión directa de una subvención para la adquisición de viviendas a la sociedad de gestión de activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, S. A. (SAREB, S. A).
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BOCM
Pág. 148
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 21 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 304
BOCM-20241221-4
Asimismo, quedará sometido al régimen jurídico de los convenios establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en los términos establecidos en artículo 48.7 de la citada ley, esto es, en todo
lo que no se oponga a la normativa reguladora de subvenciones, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo
dispuesto en el artículo 6.2 de esta norma.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos
o resolución del contenido del presente Convenio que no hayan sido solucionadas por las
Comisión Bilateral de Seguimiento prevista en la cláusula Decimoprimera, serán resueltas
de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes suscriben el presente
convenio mediante firma electrónica.
En Madrid, a 3 de diciembre de 2024.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. F. (Resolución de 27 de diciembre de 2023), José María García Gómez,
Viceconsejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.—El
Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, P. D. F. (Resolución de 30 de mayo de 2024), Eusebio González Castilla, Director-Gerente de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
(03/20.328/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 148
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SÁBADO 21 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 304
BOCM-20241221-4
Asimismo, quedará sometido al régimen jurídico de los convenios establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en los términos establecidos en artículo 48.7 de la citada ley, esto es, en todo
lo que no se oponga a la normativa reguladora de subvenciones, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo
dispuesto en el artículo 6.2 de esta norma.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos
o resolución del contenido del presente Convenio que no hayan sido solucionadas por las
Comisión Bilateral de Seguimiento prevista en la cláusula Decimoprimera, serán resueltas
de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes suscriben el presente
convenio mediante firma electrónica.
En Madrid, a 3 de diciembre de 2024.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. F. (Resolución de 27 de diciembre de 2023), José María García Gómez,
Viceconsejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.—El
Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, P. D. F. (Resolución de 30 de mayo de 2024), Eusebio González Castilla, Director-Gerente de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
(03/20.328/24)
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ISSN 1989-4791