D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241220-37)
Convenio – Adenda de 28 de noviembre de 2024, de modificación y prórroga para el período de 1 de diciembre de 2024 a 30 de noviembre de 2025, ambos inclusive, del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, para articular la atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional y en centro de día
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 303
VIERNES 20 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 133
Noveno
Que, al amparo de las cláusulas octava y novena del convenio, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación y prórroga del mismo, en el sentido recogido en
la disposición precedente, aprobada por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en la
sesión celebrada el 19 de septiembre de 2024, con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Modificación del máximo de días por usuario, en los casos de vacaciones o permiso,
que dan derecho al abono de la plaza
El punto 2 “Usuarios del centro”, letra G “Ocupación de plazas”, penúltimo párrafo,
del Anexo I “Atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional” y
Anexo II “Atención a personas con discapacidad intelectual en centro de día” queda modificado exclusivamente en lo relativo al número máximo de días, en los casos de permisos o
vacaciones, que darán derecho al abono de la plaza, pasando de los actuales cuarenta días
hábiles al año establecidos a sesenta días hábiles al año.
Segunda
Efectos de la modificación del convenio
El resto del clausulado del convenio se mantiene inalterado, así como todas las obligaciones dimanantes de él para las partes firmantes.
Tercera
Vigencia de la modificación
La modificación del convenio estará vigente a partir del 1 de diciembre de 2024.
Cuarta
Prórroga
El convenio queda prorrogado para el período comprendido entre el 1 diciembre
de 2024 y el 30 de noviembre de 2025, ambos inclusive.
Quinta
Financiación
El importe a financiar por parte de la Consejería, calculado con los precios recogidos en
la cláusula cuarta del convenio tras su modificación, será el recogido en la siguiente tabla:
RECURSO
COSTE PLAZA
OCUPADA/DÍA
PLAZAS
FINANCIADAS
DÍAS
EJECUCIÓN
COSTE ANUALIDAD
(EXENTO DE IVA)
1/12/2024 a 30/11/2025
CO
42,95 €
64
247
678.953,60 €
1/12/2024 a 30/11/2025
CD
64,34 €
40
247
ANUALIDAD
TOTAL
635.679,20 €
1.314.632,80 €
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente
adenda al convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la
firma de la Comunidad de Madrid o, en ausencia de fecha en el pie de firma, la que figure
en el encabezamiento.
Madrid, a 28 de noviembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.
(03/20.109/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241220-37
La Consejería, consecuentemente, abonará el importe de la prórroga que asciende a la
cantidad de 1.314.632,80 euros (IVA exento) aplicándose el coste de la misma con cargo a la
clasificación económica 25400, con Corporaciones Locales, de la clasificación funcional 231F,
Atención Especializada a Personas con Discapacidad, del vigente Presupuesto de Gastos de la
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 303
VIERNES 20 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 133
Noveno
Que, al amparo de las cláusulas octava y novena del convenio, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación y prórroga del mismo, en el sentido recogido en
la disposición precedente, aprobada por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en la
sesión celebrada el 19 de septiembre de 2024, con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Modificación del máximo de días por usuario, en los casos de vacaciones o permiso,
que dan derecho al abono de la plaza
El punto 2 “Usuarios del centro”, letra G “Ocupación de plazas”, penúltimo párrafo,
del Anexo I “Atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional” y
Anexo II “Atención a personas con discapacidad intelectual en centro de día” queda modificado exclusivamente en lo relativo al número máximo de días, en los casos de permisos o
vacaciones, que darán derecho al abono de la plaza, pasando de los actuales cuarenta días
hábiles al año establecidos a sesenta días hábiles al año.
Segunda
Efectos de la modificación del convenio
El resto del clausulado del convenio se mantiene inalterado, así como todas las obligaciones dimanantes de él para las partes firmantes.
Tercera
Vigencia de la modificación
La modificación del convenio estará vigente a partir del 1 de diciembre de 2024.
Cuarta
Prórroga
El convenio queda prorrogado para el período comprendido entre el 1 diciembre
de 2024 y el 30 de noviembre de 2025, ambos inclusive.
Quinta
Financiación
El importe a financiar por parte de la Consejería, calculado con los precios recogidos en
la cláusula cuarta del convenio tras su modificación, será el recogido en la siguiente tabla:
RECURSO
COSTE PLAZA
OCUPADA/DÍA
PLAZAS
FINANCIADAS
DÍAS
EJECUCIÓN
COSTE ANUALIDAD
(EXENTO DE IVA)
1/12/2024 a 30/11/2025
CO
42,95 €
64
247
678.953,60 €
1/12/2024 a 30/11/2025
CD
64,34 €
40
247
ANUALIDAD
TOTAL
635.679,20 €
1.314.632,80 €
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente
adenda al convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la
firma de la Comunidad de Madrid o, en ausencia de fecha en el pie de firma, la que figure
en el encabezamiento.
Madrid, a 28 de noviembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.
(03/20.109/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241220-37
La Consejería, consecuentemente, abonará el importe de la prórroga que asciende a la
cantidad de 1.314.632,80 euros (IVA exento) aplicándose el coste de la misma con cargo a la
clasificación económica 25400, con Corporaciones Locales, de la clasificación funcional 231F,
Atención Especializada a Personas con Discapacidad, del vigente Presupuesto de Gastos de la
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.