B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241219-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 3065/2024, de 2 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Jefe de Sala, Grupo C, Subgrupo C1
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BOCM
Pág. 28
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 302
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, en la Orden de 1 de
julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de
la Comunidad de Madrid, y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello
sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de
trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la
Comunidad de Madrid (2021-2024).
4. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan normas
en relación con las reuniones de tribunales y órganos encargados de la selección de personal al servicio de la Comunidad de Madrid, y se establecen criterios sobre devengo y percepción de asistencias por la concurrencia a dichas reuniones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 143, de 17 de junio), en la mencionada Orden de 1 de julio
de 2022, y en el resto de normativa de aplicación en la materia.
5. El órgano de selección, en su sesión de constitución, aprobará, a propuesta del presidente y según lo previsto en el artículo 22.f) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, un
calendario indicativo de actuaciones en el que se determinarán los plazos máximos en los
que se realizará el ejercicio del presente proceso selectivo, se publicará la relación de aprobados del mismo, la baremación de la fase de concurso, y la elevación a la dirección general competente en materia de función pública de la propuesta provisional de aspirantes que
hayan superado el proceso de selección, en los términos establecidos en la instrucción octava de la Orden de 1 de julio de 2022.
6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se
dispone en la base tercera de esta Orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo,
todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del
proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación
vigente en cada momento.
7. Por parte del tribunal calificador del presente proceso selectivo, se velará en todo
momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo del desarrollo de este.
Séptima
El sistema de selección será el de concurso-oposición. Posteriormente, se realizará un
curso selectivo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de
septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los
Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
1. Fase de oposición.
1.1. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como anexo
de la presente orden.
1.2. La fase de oposición estará integrada por el ejercicio que a continuación se indica, de carácter eliminatorio:
Contestación por escrito de un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por cincuenta preguntas sobre el programa de la fase de oposición.
El cuestionario incluirá 5 preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el
caso de que se anule alguna de las cincuenta anteriores comprendidas en aquél.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de cincuenta y cinco minutos.
Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la
correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, aquella en la que figuren las tres respuestas alternativas propuestas en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, penalizándose con 0,10 puntos cada una de las contestaciones erróneas.
BOCM-20241219-2
Sistema de selección
Pág. 28
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 302
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, en la Orden de 1 de
julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de
la Comunidad de Madrid, y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello
sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de
trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la
Comunidad de Madrid (2021-2024).
4. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan normas
en relación con las reuniones de tribunales y órganos encargados de la selección de personal al servicio de la Comunidad de Madrid, y se establecen criterios sobre devengo y percepción de asistencias por la concurrencia a dichas reuniones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 143, de 17 de junio), en la mencionada Orden de 1 de julio
de 2022, y en el resto de normativa de aplicación en la materia.
5. El órgano de selección, en su sesión de constitución, aprobará, a propuesta del presidente y según lo previsto en el artículo 22.f) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, un
calendario indicativo de actuaciones en el que se determinarán los plazos máximos en los
que se realizará el ejercicio del presente proceso selectivo, se publicará la relación de aprobados del mismo, la baremación de la fase de concurso, y la elevación a la dirección general competente en materia de función pública de la propuesta provisional de aspirantes que
hayan superado el proceso de selección, en los términos establecidos en la instrucción octava de la Orden de 1 de julio de 2022.
6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se
dispone en la base tercera de esta Orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo,
todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del
proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación
vigente en cada momento.
7. Por parte del tribunal calificador del presente proceso selectivo, se velará en todo
momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo del desarrollo de este.
Séptima
El sistema de selección será el de concurso-oposición. Posteriormente, se realizará un
curso selectivo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de
septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los
Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
1. Fase de oposición.
1.1. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como anexo
de la presente orden.
1.2. La fase de oposición estará integrada por el ejercicio que a continuación se indica, de carácter eliminatorio:
Contestación por escrito de un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por cincuenta preguntas sobre el programa de la fase de oposición.
El cuestionario incluirá 5 preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el
caso de que se anule alguna de las cincuenta anteriores comprendidas en aquél.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de cincuenta y cinco minutos.
Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la
correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, aquella en la que figuren las tres respuestas alternativas propuestas en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, penalizándose con 0,10 puntos cada una de las contestaciones erróneas.
BOCM-20241219-2
Sistema de selección