D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241219-29)
Convenio –  Adenda de 2 de diciembre de 2024, de prórroga para el año 2025 y modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Unión de Consumidores Europeos de la Comunidad de Madrid (Euroconsumo), y los ayuntamientos de Buitrago del Lozoya, Bustarviejo, La Cabrera, Cadalso de los Vidrios, Cenicientos, Chapinería, Gascones, Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, Navas del Rey, Pelayos de la Presa, Villa de Rascafría, Robledo de Chavela, Rozas de Puerto Real, San Martín de Valdeiglesias, Sevilla la Nueva, Torremocha de Jarama, Valdemanco, Valdepiélagos, Valverde de Alcalá, Villa del Prado, Villanueva de Perales y Villavieja del Lozoya, para implantar un sistema de información al consumidor
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BOCM

JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 302

2. Municipios en los que se prestará el servicio de información al consumidor 36
h/año.
— Gascones.
— Rozas de Puerto Real.
— Valdepiélagos
— Valverde de Alcalá.
— Villavieja del Lozoya.
3. Condiciones económicas y financiación.
La Comunidad de Madrid aportará para el desarrollo del servicio de información al
consumidor en las entidades locales incluidas en este anexo la cantidad máxima de
10.890,00 euros (IVA incluido), con cargo al subconcepto 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 492A “Consumo”, del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2025, de acuerdo con el siguiente desglose:
— Precio por hora de servicio: 60,50 euros (IVA incluido).
— Número de horas previstas por municipio: 36 horas.
— Importe máximo por Ayuntamiento: 2.178,00 euros (IVA incluido).
— Número de municipios: 5.
— Presupuesto total municipios anexo I: 10.890,00 euros.
La aportación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se ajustará al efectivo coste de los trabajos certificados por los ayuntamientos, considerando el máximo del importe del convenio.
En caso de adherirse nuevas entidades locales a esta modalidad de prestación de servicio, se incrementará el importe total del convenio en la cuantía correspondiente. Las adhesiones están condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el subconcepto 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 492A “Consumo” para
el ejercicio correspondiente».
Cuarta
Actualización del anexo II del convenio de colaboración
Con el fin de contemplar la ampliación de la cuantía máxima del convenio de colaboración por la adhesión de nuevas entidades locales, se actualiza el anexo II, que queda redactado en los siguientes términos:
«ANEXO II
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR
DURANTE 72 HORAS AL AÑO
1. Modalidad de prestación del servicio.
De conformidad con lo previsto en la cláusula segunda, apartado 3.b. del convenio, el
servicio de información al consumidor en las entidades locales incluidas en este anexo estará atendido por la Unión de Consumidores Europeos de la Comunidad de Madrid (Euroconsumo), durante 3 horas consecutivas, 2 días al mes, a lo largo del período de vigencia
del mismo.
2. Municipios en los que se prestará el servicio de información al consumidor 72
h/año.
— Buitrago del Lozoya.
— Bustarviejo.
— Cabrera, La.
— Cadalso de los Vidrios.
— Cenicientos.
— Chapinería.
— Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias.
— Navas del Rey.
— Pelayos de la Presa.
— Villa de Rascafría.
— Torremocha de Jarama.
— Valdemanco
— Villanueva de Perales.

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