A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20241219-1)
Adaptación normativa reglamentaria – Decreto 113/2024, de 18 de diciembre, del Consejo de Gobierno, de adaptación de la normativa reglamentaria de la Comunidad de Madrid a la nueva terminología para referirse a las personas con discapacidad
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 302
JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 23
Dos. El punto 19.3 del anexo II queda redactado de la siguiente manera:
“19.3. Instalaciones adaptadas para personas con discapacidad”.
Artículo decimoctavo
Modificación del Decreto 48/2023, de 26 de abril, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la ordenación de los establecimientos de alojamiento de turismo
rural en la Comunidad de Madrid
El párrafo séptimo de la parte expositiva del Decreto 48/2023, de 26 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la ordenación de los establecimientos de alojamiento de turismo rural en la Comunidad de Madrid, queda redactado de la siguiente manera:
“Esta norma persigue facilitar la mejora de la calidad de la oferta de alojamientos de
turismo rural en la Comunidad de Madrid, adaptándose a las distintas transformaciones que
están afectando al sector, así como contribuir a la inclusión de las personas con discapacidad mejorando la accesibilidad a este tipo de alojamientos”.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogado el Decreto 12/2003, de 13 de febrero, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del ciclo formativo de grado
superior correspondiente al título de Técnico Superior en Audioprótesis.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 18 de diciembre de 2024.
El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20241219-1
(03/21.000/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 302
JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 23
Dos. El punto 19.3 del anexo II queda redactado de la siguiente manera:
“19.3. Instalaciones adaptadas para personas con discapacidad”.
Artículo decimoctavo
Modificación del Decreto 48/2023, de 26 de abril, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la ordenación de los establecimientos de alojamiento de turismo
rural en la Comunidad de Madrid
El párrafo séptimo de la parte expositiva del Decreto 48/2023, de 26 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la ordenación de los establecimientos de alojamiento de turismo rural en la Comunidad de Madrid, queda redactado de la siguiente manera:
“Esta norma persigue facilitar la mejora de la calidad de la oferta de alojamientos de
turismo rural en la Comunidad de Madrid, adaptándose a las distintas transformaciones que
están afectando al sector, así como contribuir a la inclusión de las personas con discapacidad mejorando la accesibilidad a este tipo de alojamientos”.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogado el Decreto 12/2003, de 13 de febrero, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del ciclo formativo de grado
superior correspondiente al título de Técnico Superior en Audioprótesis.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 18 de diciembre de 2024.
El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20241219-1
(03/21.000/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791