B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241218-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 3066/2024, de 2 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe Supervisor, Grupo C, Subgrupo C1
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 301

— Cuando se presente como mérito un curso semipresencial (“online”/virtual+
presencial), se computarán las horas prestadas en cada una de las modalidades como correspondan. En caso de no estar cuantificada esta diferenciación,
todas ellas serán consideradas horas “online”.
2.3. Los méritos señalados anteriormente deberán alegarse por los aspirantes
que hayan superado la fase de oposición en el plazo, no inferior a diez días hábiles,
que el tribunal de selección habilite a tal efecto mediante su publicación la página
web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-administracion-servicios-comunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la
Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid , debiéndose indicar
los períodos de prestación de servicios y la Consejería, Organismo o Ente en el que se han
desarrollado los mismos, así como los cursos que pretendan hacerse valer, junto con la
mención a la entidad organizadora de dichos cursos.
2.4. Acreditación de los méritos: los méritos alegados se acreditarán en los siguientes términos:
a) Los méritos referentes a los servicios efectivos prestados, trabajo desarrollado y
grado consolidado serán comprobados, a instancia del tribunal calificador, por la
Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo o, en su caso, las Unidades o Departamentos de Personal competentes.
b) Respecto de los méritos relativos a los cursos organizados por el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, el tribunal, de oficio, solicitará al mencionado Servicio de Formación la expedición de la certificación relativa a los mismos.
El resto de los cursos se acreditarán mediante la presentación, de forma electrónica, del
correspondiente diploma o certificado expedido por la entidad organizadora, en los que deberá constar la duración en horas del curso de que se trate. En los cursos cuya duración no
constase en horas, la persona aspirante habrá de presentar, asimismo, la documentación
acreditativa de su equivalencia en horas. De no acreditar dicho extremo, esos cursos no podrán ser objeto de valoración.
2.5. En ningún caso se valorarán los méritos que no hayan sido alegados ni, en aquellos
casos en que corresponda, acreditados documentalmente en el plazo habilitado a tal efecto.
2.6. Respecto de aquellos méritos que, sí hayan sido alegados y acreditados por los
aspirantes en dicho plazo, pero adolecieran de algún defecto o se hallaran incompletos, el
tribunal calificador deberá conceder un plazo no inferior a diez días hábiles a efectos de la
subsanación de dichos extremos. La citada actuación podrá efectuarse mediante
notificación individual a cada una de las personas aspirantes que incurrieran en esta
situación o, de afectar a un volumen significativo de ellas, habilitándose el plazo de
referencia a través de la publicación en la página web correspondiente a esta convocatoria,
accesible desde el enlace https://www.comunidad.madrid/gobierno/espaciosprofesionales/oposiciones-promocion-interna-administracion-servicios-comunidadmadrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid
3. Curso selectivo.
3.1. Al curso selectivo accederán los aspirantes que obtengan las mejores calificaciones en el concurso-oposición, de conformidad con lo previsto en el apartado tercero de
la base octava de esta orden, no pudiendo acceder al curso selectivo un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que
contravenga lo indicado anteriormente.
Una vez finalizada la fase de concurso y, teniendo en cuenta lo dispuesto en el párrafo
precedente, el tribunal calificador hará pública la relación de aspirantes que accederán al
curso selectivo en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el
enlace https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposicionespromocion-interna-administracion-servicios-comunidad-madrid o en la Sede Electrónica
de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid y elevará
aquella relación a la dirección general competente en materia de función pública.
Dichos aspirantes serán nombrados personal funcionario en prácticas por orden de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y habrán de realizar un curso selectivo, de
carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidas conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que

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