D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241218-27)
Convenio – Convenio de 25 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Lazotea Contenidos, S. L. U., para la realización de prácticas extracurriculares remuneradas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 301
obligatorias, materias optativas, seminarios, prácticas externas, trabajos dirigidos, trabajo
de fin de Grado y fin de Máster, actividades de evaluación, y otras que resulten necesarias
según las características propias de cada título. En su artículo 6.2, este real decreto establece el reconocimiento de créditos de la experiencia laboral y profesional acreditada a efectos de la obtención de un título oficial tanto de grado como de máster, siempre que dicha
experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.
Las prácticas extracurriculares son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines que
las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. En defecto de una normativa específica que regule las prácticas extracurriculares de las enseñanzas
artísticas superiores, se aplica de forma subsidiaria, el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
4. Lazotea Contenidos, S.L.U. es una entidad que tiene por objeto la publicidad y
producción audiovisual, compuesta por un equipo de especialistas y apasionados del marketing, la publicidad, los nuevos entornos sociales y plataformas digitales. El equipo pertenece a la generación digital y ofrecen soluciones alternativas a marcas y soportes a través
de estrategias y desarrollo de contenidos. La actividad que realiza busca ser referente como
punto de convergencia entre las Agencias de Publicidad y las Productoras Audiovisuales,
sin asociar valores ni procesos clásicos.
5. Esta entidad financia programas de formación incluidos en el ámbito del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de
inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en
programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de
la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, mediante la concesión de becas de carácter económico a los alumnos que participen en dichos programas para la realización de prácticas en la citada entidad.
6. En consecuencia, existe una coincidencia en los fines de ambas partes y a través
del presente convenio manifiestan su común interés en colaborar, dentro de sus respectivos
ámbitos y competencias, para aplicar los conocimientos adquiridos en la formación académica de los estudiantes de la Escuela Superior de Diseño matriculados en las enseñanzas de
nivel de grado y postgrado mediante la realización de las prácticas extracurriculares remuneradas, permitiendo a los estudiantes acercarse a una primera experiencia laboral y facilitar su empleabilidad.
Por lo anterior, ambas partes acuerdan colaborar para la consecución de los intereses
comunes y suscribir el presente convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El presente convenio tiene por objeto establecer una colaboración entre la Consejería
de Educación, Ciencia y Universidades y Lazotea Contenidos, S.L.U. para la realización de
prácticas extracurriculares remuneradas de los alumnos matriculados en la Escuela Superior de Diseño, cumpliéndose los requisitos de adecuación y compatibilidad con su formación académica. Las prácticas darán lugar al reconocimiento de créditos a efectos de la obtención de los siguientes Títulos:
— Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño, especialidad Diseño Gráfico.
— Máster en Enseñanzas Artísticas en Diseño Interactivo, regulado por la Orden
ECD/879/2016, de 7 de abril, por la que se homologa el plan de estudios del título de Máster en Enseñanzas Artísticas en Diseño Interactivo de la Escuela Superior de Diseño de Madrid.
Segunda
Lugar de desarrollo de las prácticas
Las prácticas se desarrollarán de forma presencia en jornada de mañana o de tarde, en
la delegación que la entidad tiene en la calle Gran Vía, 40, piso 9-3, 28004, Madrid, y en
aquellos otros lugares donde la entidad desarrolle su actividad.
BOCM-20241218-27
Objeto del convenio
Pág. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 301
obligatorias, materias optativas, seminarios, prácticas externas, trabajos dirigidos, trabajo
de fin de Grado y fin de Máster, actividades de evaluación, y otras que resulten necesarias
según las características propias de cada título. En su artículo 6.2, este real decreto establece el reconocimiento de créditos de la experiencia laboral y profesional acreditada a efectos de la obtención de un título oficial tanto de grado como de máster, siempre que dicha
experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.
Las prácticas extracurriculares son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines que
las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. En defecto de una normativa específica que regule las prácticas extracurriculares de las enseñanzas
artísticas superiores, se aplica de forma subsidiaria, el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
4. Lazotea Contenidos, S.L.U. es una entidad que tiene por objeto la publicidad y
producción audiovisual, compuesta por un equipo de especialistas y apasionados del marketing, la publicidad, los nuevos entornos sociales y plataformas digitales. El equipo pertenece a la generación digital y ofrecen soluciones alternativas a marcas y soportes a través
de estrategias y desarrollo de contenidos. La actividad que realiza busca ser referente como
punto de convergencia entre las Agencias de Publicidad y las Productoras Audiovisuales,
sin asociar valores ni procesos clásicos.
5. Esta entidad financia programas de formación incluidos en el ámbito del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de
inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en
programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de
la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, mediante la concesión de becas de carácter económico a los alumnos que participen en dichos programas para la realización de prácticas en la citada entidad.
6. En consecuencia, existe una coincidencia en los fines de ambas partes y a través
del presente convenio manifiestan su común interés en colaborar, dentro de sus respectivos
ámbitos y competencias, para aplicar los conocimientos adquiridos en la formación académica de los estudiantes de la Escuela Superior de Diseño matriculados en las enseñanzas de
nivel de grado y postgrado mediante la realización de las prácticas extracurriculares remuneradas, permitiendo a los estudiantes acercarse a una primera experiencia laboral y facilitar su empleabilidad.
Por lo anterior, ambas partes acuerdan colaborar para la consecución de los intereses
comunes y suscribir el presente convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El presente convenio tiene por objeto establecer una colaboración entre la Consejería
de Educación, Ciencia y Universidades y Lazotea Contenidos, S.L.U. para la realización de
prácticas extracurriculares remuneradas de los alumnos matriculados en la Escuela Superior de Diseño, cumpliéndose los requisitos de adecuación y compatibilidad con su formación académica. Las prácticas darán lugar al reconocimiento de créditos a efectos de la obtención de los siguientes Títulos:
— Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño, especialidad Diseño Gráfico.
— Máster en Enseñanzas Artísticas en Diseño Interactivo, regulado por la Orden
ECD/879/2016, de 7 de abril, por la que se homologa el plan de estudios del título de Máster en Enseñanzas Artísticas en Diseño Interactivo de la Escuela Superior de Diseño de Madrid.
Segunda
Lugar de desarrollo de las prácticas
Las prácticas se desarrollarán de forma presencia en jornada de mañana o de tarde, en
la delegación que la entidad tiene en la calle Gran Vía, 40, piso 9-3, 28004, Madrid, y en
aquellos otros lugares donde la entidad desarrolle su actividad.
BOCM-20241218-27
Objeto del convenio