D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241217-51)
Expropiación –  Resolución de 25 de noviembre de 2024, del Director General del Suelo, por la que se hace pública la Orden 3994/2024, de 19 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de línea eléctrica para suministro de energía a la nueva estación de tratamiento de agua potable en Colmenar Viejo”, en los términos municipales de Tres Cantos y Colmenar Viejo, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 420
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 300

no se pueda practicar, de conformidad a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se publicará un anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
Cuarto
Los interesados, una vez publicada la relación y hasta el momento del levantamiento
del acta previa, podrán presentar alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación, que
deberán dirigir a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Conforme al artículo 14 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, para la realización
de cualquier trámite del procedimiento expropiatorio:
1. Las personas físicas interesadas podrán elegir, en todo momento, si se van a comunicar con la Administración expropiante o con la entidad beneficiaria a través de medios
electrónicos o no; salvo que actúen en ejercicio de una actividad profesional para la que se
requiera colegiación obligatoria, en cuyo caso es obligatorio su uso.
2. En todo caso, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, las
personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, así como sus representantes, debidamente acreditados.
El formulario genérico podrá descargarse y tramitarse electrónicamente en el enlace
correspondiente del Portal institucional de la Comunidad de Madrid:
https://gestionesytramites.madrid.org.
En el caso de personas físicas que no hayan optado por el uso de los medios electrónicos, una vez impreso y completado el formulario, se remitirá a la oficina de Registro de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, calle Alcalá, número 16, 28014
Madrid, preferentemente, desde cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de otras administraciones, de representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como desde las oficinas de correos,
previo pago de la tarifa correspondiente en este último caso.
Quinto

BOCM-20241217-51

Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, se
podrá interponer recurso de reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo
de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
El formulario “Recurso potestativo de reposición contra actos administrativos de la
Comunidad de Madrid que pongan fin a la vía Administrativa de la Consejería de Medio
Ambiente, Agricultura e Interior”, podrá descargarse y tramitarse electrónicamente en el
enlace correspondiente del reiterado Portal Institucional de la Comunidad de Madrid, conforme a lo señalado en el apartado cuarto.
En Madrid, a 25 de noviembre de 2024.—El Director General de Suelo, Ramón
Cubián Martínez.