Tielmes (BOCM-20241216-106)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 312

LUNES 16 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 299

ANEXO I
ESTIMACIÓN DEL COSTE DEL SERVICIO DE RECOGIDA
Y TRATAMIENTO DE BASURAS DEL AYUNTAMIENTO DE TIELMES
DEL EJERCICIO 2024
En aras de explicar de una manera clara como se va a calcular, cada año, la cuota tributaria de la tasa en cuestión, así como anticipar a cuanto puede ascender la cuota aplicable a 2025 se procede a llevar a cabo el cálculo del coste del servicio para el ejercicio 2024
así como su reparto en aplicación de la presente ordenanza:
1. Base imponible:
De conformidad con el artículo 6 de esta ordenanza la base imponible de la tasa estará integrada por el coste del servicio de recogida y tratamiento de basuras por los siguientes conceptos:
CONCEPTOS
Cuota Mancomunidad de Servicios Tielmes-Valdilecha
Coste retirada de contenedores Molino del Caz

IMPORTES
84.000,00 €
6.500,00 €

Servicio MISECAM retirada vidrio

1.803,70 €

Servicio MISECAM retirada cartón

11.720,00 €
3.000,00 €

Cuota Mancomunidad del Sur entrada vertedero

12.000,00 €

Recogida de restos vegetales

3.500,00 €

Reparación y reposición de contenedores

1.500,00 €

Recogida material papeleras y adquisición de bolsas papeleras

3.500,00 €

Coste personal apertura sábado fin de mes punto limpio (4 horas/día)
Coste personal retirada de enseres de calles lunes y viernes
(2 personas 3 horas con el camión)
Costes laborales gestión oficinas municipales
TOTAL COSTE SERVICIO AÑO 2024

1.500,00 €
11.900,00 €
2.000,00 €
142.923,70 €

2. Cuota tributaria:
De conformidad con el artículo 7 de esta ordenanza la presente ordenanza la cuota tributaria se calculará aplicando los siguientes coeficientes:
— Coeficiente fijo: 50 % del coste del servicio a dividir en partes iguales entre el número de referencias catastrales.
50 % del coste del servicio: 71.461,85 euros.
Número de referencias catastrales existentes en el ejercicio 2024: 1.634.
Importe del Coeficiente fijo: 43,73 euros.
— Coeficiente variable: 50 % del coste del servicio a repartir proporcionalmente en
función del valor catastral de las referencias obligadas al pago.
Para el cálculo del importe del coeficiente variable habrá que aplicar al valor catastrar de la referencia obligada al pago el coeficiente variable correspondiente a
cada año.
50 % del coste del servicio: 71.461,85 euros.
Sumatorio total del valor de las referencias catastrales: 89.359.873,77 euros.
Coeficiente variable: 0,000799708.
— Importe de la tasa: el importe de la tasa o cuota tributaria total será la suma de ambos coeficientes.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Tielmes, a 13 de diciembre de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Barbero Moreno.
(03/20.652/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Servicio de MISECAM lava contenedores