Móstoles (BOCM-20241216-92)
Organización y funcionamiento. Reglamento Orgánico Municipal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 290
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 299
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
92
MÓSTOLES
Modificación del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Móstoles
(ROM) aprobado por acuerdo de Pleno número 7/156, de fecha 24 de julio de 2024.
Habiendo transcurrido el plazo recogido en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de fecha 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a la publicación de los artículos modificados del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Móstoles entrando en vigor el día de la presente publicación. Los artículos modificados son los siguientes:
“Tercero.—En el expediente se recogen los términos de la modificación. Consiste en
modificar los artículos que se citan a continuación que quedan redactados de la siguiente
manera una vez incluida la propuesta de la Comisión de Pleno:
Artículo 145.1.
“El municipio de Móstoles se estructura territorialmente en los siguientes Distritos:
— Distrito 1, denominado Centro, que comprende el Casco Antiguo, delimitado por
la Avda. de Portugal, calle Baleares, calle Las Palmas y calle Oviedo, incluyendo
estas últimas calles.
— Distrito 2, denominado Norte-Universidad, que comprende el ámbito situado entre la carretera de Villaviciosa y la zona norte de la Avda. de Portugal.
— Distrito 3, denominado Sur-Este que comprende el perímetro formado por la Avenida Portugal hasta intersección con calle Baleares, calle Las Palmas hasta intersección con calle Moraleja de Enmedio, calle Moraleja de Enmedio hasta intersección con Calle Desarrollo, calle Desarrollo hasta intersección con la avenida
Carlos V, avenida Carlos V hasta la intersección con camino de Humanes, camino de Humanes hasta la intersección con la avenida de la ONU, avenida de la
ONU hasta su intersección con calle Simón Hernández y calle Simón Hernández
hasta el final del municipio.
— Distrito 4, denominado Sur-Oeste, que comprende los barrios de El Soto, Villaeuropa, Pinares Llanos, Azorín, Barrio de San Fernando, Sotoverde, calle Huesca,
zona del Hospital, Polígono Industrial número 1 y aledaños.
— Distrito 5, denominado Parque Coímbra-Colonia Guadarrama y que comprende
dichas zonas.
— Distrito 6, denominado Sur, que comprende el perímetro formado por la calle Osa
Mayor, calle Vía Láctea, calle Moraleja de Enmedio hasta intersección con calle
Desarrollo, calle Desarrollo hasta intersección con la avenida Carlos V, avenida
Carlos V hasta la intersección con camino de Humanes, camino de Humanes hasta la intersección con la avenida de la ONU, avenida de la ONU hasta intersección
con calle Simón Hernández y calle Simón Hernández hasta el final del municipio”.
Artículo 230.2.
“El titular de la Secretaría general del Pleno será nombrado entre funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala que corresponde conforme a lo dispuesto en la normativa vigente y en la relación de puestos de trabajo”.
Artículo 231.2.
“El titular de la Vicesecretaría General u Oficialía Mayor será nombrado entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala que
corresponda conforme a lo dispuesto en la normativa vigente y en la relación de puestos de
trabajo”.
Artículo 232.2.
“El titular del Órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local será nombrado entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala que corresponde conforme a lo dispuesto en la normativa vigente y en la relación de puestos de trabajo”.
BOCM-20241216-92
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 290
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE DICIEMBRE DE 2024
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
92
MÓSTOLES
Modificación del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Móstoles
(ROM) aprobado por acuerdo de Pleno número 7/156, de fecha 24 de julio de 2024.
Habiendo transcurrido el plazo recogido en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de fecha 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a la publicación de los artículos modificados del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Móstoles entrando en vigor el día de la presente publicación. Los artículos modificados son los siguientes:
“Tercero.—En el expediente se recogen los términos de la modificación. Consiste en
modificar los artículos que se citan a continuación que quedan redactados de la siguiente
manera una vez incluida la propuesta de la Comisión de Pleno:
Artículo 145.1.
“El municipio de Móstoles se estructura territorialmente en los siguientes Distritos:
— Distrito 1, denominado Centro, que comprende el Casco Antiguo, delimitado por
la Avda. de Portugal, calle Baleares, calle Las Palmas y calle Oviedo, incluyendo
estas últimas calles.
— Distrito 2, denominado Norte-Universidad, que comprende el ámbito situado entre la carretera de Villaviciosa y la zona norte de la Avda. de Portugal.
— Distrito 3, denominado Sur-Este que comprende el perímetro formado por la Avenida Portugal hasta intersección con calle Baleares, calle Las Palmas hasta intersección con calle Moraleja de Enmedio, calle Moraleja de Enmedio hasta intersección con Calle Desarrollo, calle Desarrollo hasta intersección con la avenida
Carlos V, avenida Carlos V hasta la intersección con camino de Humanes, camino de Humanes hasta la intersección con la avenida de la ONU, avenida de la
ONU hasta su intersección con calle Simón Hernández y calle Simón Hernández
hasta el final del municipio.
— Distrito 4, denominado Sur-Oeste, que comprende los barrios de El Soto, Villaeuropa, Pinares Llanos, Azorín, Barrio de San Fernando, Sotoverde, calle Huesca,
zona del Hospital, Polígono Industrial número 1 y aledaños.
— Distrito 5, denominado Parque Coímbra-Colonia Guadarrama y que comprende
dichas zonas.
— Distrito 6, denominado Sur, que comprende el perímetro formado por la calle Osa
Mayor, calle Vía Láctea, calle Moraleja de Enmedio hasta intersección con calle
Desarrollo, calle Desarrollo hasta intersección con la avenida Carlos V, avenida
Carlos V hasta la intersección con camino de Humanes, camino de Humanes hasta la intersección con la avenida de la ONU, avenida de la ONU hasta intersección
con calle Simón Hernández y calle Simón Hernández hasta el final del municipio”.
Artículo 230.2.
“El titular de la Secretaría general del Pleno será nombrado entre funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala que corresponde conforme a lo dispuesto en la normativa vigente y en la relación de puestos de trabajo”.
Artículo 231.2.
“El titular de la Vicesecretaría General u Oficialía Mayor será nombrado entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala que
corresponda conforme a lo dispuesto en la normativa vigente y en la relación de puestos de
trabajo”.
Artículo 232.2.
“El titular del Órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local será nombrado entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala que corresponde conforme a lo dispuesto en la normativa vigente y en la relación de puestos de trabajo”.
BOCM-20241216-92
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